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Presentan proyecto de reglamento de norma que regula la seguridad privada

ANDINA/Difusión

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14:21 | Lima, mar. 29.

El proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo N°1213 que regula los servicios de seguridad privada se encuentra terminado y expedito para su aprobación en las instancias correspondientes, informó el Equipo Técnico de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec).

En su exposición frente al Equipo Técnico de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, el Superintendente de la Sucamec, Gral. PNP (r) Teófilo Mariño Cahuana, destacó, que resulta necesario que se apruebe el Reglamento en los próximos días. 

Indicó que, de esa manera la entidad podrá continuar con los procedimientos sobre los servicios de seguridad privada a nivel nacional.

“Tengamos presente que los servicios de seguridad privada son complementarios a la labor de la Policía Nacional del Perú y coadyuva a la seguridad de toda la población. Por ello, se requiere de una regulación y control adecuado para garantizar que se cumplan estándares mínimos de organización y seguridad”, señaló.

Mariño Cahuana explicó que en la actualidad, la seguridad privada está en auge y cada vez más hogares, negocios y empresas demandan estos servicios. “Este crecimiento se ve reflejado en el aumento sustancial de empresas de seguridad existentes en el mercado, lo cual representa una fuente de empleo para las personas que laboran como agentes en este rubro”, refirió.

A su turno, el Dr. Edwar Zapata Ñahuis, integrante del Equipo Técnico de la entidad, dio a conocer que la Presidencia de Consejo de Ministros ha confirmado que el Proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo N°1213 que han presentado al Ministerio del Interior, ha cumplido con la subsanación de la fichas observadas.

“Hemos superado la etapa de Análisis de la Calidad Regulatoria, el siguiente paso para que se apruebe en Reglamento es remitirlo los Ministerios, así como sectores adscritos, para que emitan opinión favorable en el marco de sus competencias. Esta última etapa puede tardar como mínimo 7 días”, aseveró

Finalizadas las intervenciones, la secretaria de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República,  Rossana Denegri Barreto, reconoció, la importancia de trabajar juntos con miras a lograr que con la aprobación del Reglamento, estas actividades sigan cautelando y protegiendo la integridad de las personas, así como los patrimonios de las personas naturales y jurídicas.

Control, fiscalización y sanciones


En la presentación, el Dr. Edwar Zapata Ñahuis, integrante del Equipo Técnico, explicó que con la aprobación del Reglamento del Decreto Legislativo N°1213, la Sucamec fortalecerá su potestad fiscalizadora y sancionadora sobre los servicios de seguridad privada a nivel nacional.

Añadió que con la Ley N° 28879, Ley de Servicios de Seguridad Privada, vigente hasta el 14 de enero del año en curso, la entidad adscrita al Ministerio del interior solo podía hacer acciones de fiscalización que no concluían en sanciones para las personas naturales o jurídicas que realizaban estas actividades de manera irregular.

“La Sucamec no contaba con potestad sancionadora para servicios de seguridad privada, por lo que luego de más de 6 años se podrá volver a sancionar las infracciones en dicha materia, a nivel nacional”, enfatizó.

En ese sentido, resaltó que a diferencia entre la antigua Ley N° 28879 y el actual Decreto Legislativo 1213, es que el último integrará servicios de Custodia de bienes contralados y el servicio de Seguridad en eventos. Además, destacó que la reciente normativa elimina el servicio de Consultoría y asesoría en temas de seguridad, porque podría ser desarrollada por personas especializadas sin requerir alguna autorización de la Sucamec. 

El especialista detalló que, el Decreto Legislativo N° 1213 mantiene las modalidades de servicios de Vigilancia privada, Protección personal, Transporte y custodia de dinero y valores, Protección por cuenta propia, Tecnología de seguridad. “Todas estas actividades son  medidas preventivas que tienen por finalidad cautelar y proteger la vida e integridad física de las personas, así como, el patrimonio de personas naturales o jurídicas” puntualizó.

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(FIN) NDP/RES
JRA

Publicado: 29/3/2023