Andina

Establecen límites de pesca del jurel y caballa para el periodo 2023

Aplicables para las embarcaciones de mayor escala y las artesanales

Actividad pesquera en el mar. ANDINA/Difusión

Actividad pesquera en el mar. ANDINA/Difusión

20:16 | Lima, feb. 2.

El Ministerio de la Producción (Produce), estableció hoy el límite de pesca de los recursos jurel y caballa para el presente periodo 2023, que se realizan a través de las embarcaciones de mayor escala y las de pesca artesanal.

Así lo estableció hoy a través de la Resolución Ministerial Nº 000042-2023-PRODUCE, publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

La norma establece el límite de pesca del jurel (Trachurus murphyi) para el período 2023, en 65 mil toneladas, aplicable a las actividades extractivas efectuadas a través de embarcaciones pesqueras de mayor escala.

Asimismo, para la pesca a través de embarcaciones pesqueras artesanales con redes de cerco y capacidad de bodega igual o mayor a 20 metros cúbicos hasta 32.6 metros cúbicos, se establece el límite en 72,500 toneladas para el presente año.

También precisó que las embarcaciones pesqueras artesanales que utilizan artes de pesca pasivas (cortina, pinta, entre otros), y las que utilizan red de cerco con capacidad de bodega menor a 20 metros cúbicos, realizan sus actividades extractivas de manera continua durante el período 2023.


Caballa


Para el recurso caballa (Scomber japonicus peruanus) se estableció el límite de pesca para el período 2023, en 20 mil 400 toneladas, aplicable a las actividades extractivas efectuadas a través de embarcaciones pesqueras de mayor escala.

Asimismo, para las actividades extractivas efectuadas a través de embarcaciones pesqueras artesanales con redes de cerco y con capacidad de bodega igual o mayor a 20 metros cúbicos hasta 32.6 metros cúbicos, el límite es de 27,700 toneladas.

Las embarcaciones pesqueras artesanales que utilizan artes de pesca pasivas (cortina, pinta, entre otros) y las que utilizan red de cerco con capacidad de bodega menor a 20 metros cúbicos, realizan sus actividades extractivas de manera continua durante el período 2023.

Asimismo, la norma establece que el Ministerio de la Producción, en función al desenvolvimiento de los desembarques del jurel y caballa durante el período 2023, puede establecer límites en la captura para la operación de las embarcaciones pesqueras con redes de cerco.

Los límites de captura podrán modificarse en función a factores biológicos - pesqueros y/o ambientales que estime el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) para lo cual remitirá al Ministerio de la Producción la recomendación con las medidas correspondientes.

La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, Raúl Pérez Reyes Espejo.

Más en Andina:


(FIN) MDV / MDV
JRA


Publicado: 2/2/2023