Medida para reducir impacto de pandemia
La Sunat señaló que el beneficio, equivalente al 35% de la remuneración que perciba cada trabajador, siempre que no sea superior a los 1,500 soles, es una de las medidas dictadas por el Gobierno con la finalidad de reducir el impacto generado por el aislamiento social obligatorio decretado ante la propagación del Covid-19.
El Decreto de Urgencia N° 033-2020 establece que la Sunat se encarga, entre otros aspectos, de registrar los CCI de los empleadores del sector privado y remitir el informe respectivo al Banco de la Nación, para que este posteriormente, abone el subsidio según corresponda.
Exclusión del beneficio
El ente recaudador precisó que están excluidos de este beneficio, de acuerdo al citado decreto, aquellos empleadores que al 31 de diciembre del 2019 mantengan deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT del 2020; o que se encuentren en proceso concursal.
También aquellos que están dentro de los alcances de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, vigente a la fecha de publicado el presente Decreto de Urgencia.
El mencionado decreto señala que el Ministerio de Economía y Finanzas, podrá aprobar, de resultar necesario, criterios adicionales de exclusión.