Andina

Titular de la Sunarp informa sobre políticas para fortalecer seguridad jurídica

Se presentó ante Comisión Especial Multipartidaria de Seguridad Ciudadana del Congreso

El superintendente nacional de los Registros Públicos, Luis Ernesto Longaray Chau, se presentó ante la Comisión Especial Multipartidaria de Seguridad Ciudadana del Congreso.

El superintendente nacional de los Registros Públicos, Luis Ernesto Longaray Chau, se presentó ante la Comisión Especial Multipartidaria de Seguridad Ciudadana del Congreso.

22:20 | Lima, jun. 8.

El superintendente nacional de los Registros Públicos, Luis Ernesto Longaray Chau, se presentó hoy ante la Comisión Especial Multipartidaria de Seguridad Ciudadana del Congreso de la República, con el fin de informar acerca de las políticas implementadas para evitar casos de fraude y fortalecer la seguridad jurídica en el ente registral.

Señaló que el Sistema Nacional de los Registros Públicos proporciona información relevante para el ciudadano, como saber quién es el propietario de determinado bien inscrito, si un bien tiene hipotecas, embargos, garantías mobiliarias o cualquier otro tipo de carga o gravamen.

Además, de quiénes son sus representantes legales y las facultades que estos tienen, derechos y situaciones jurídicas de las personas naturales: poderes, divorcios, sucesiones intestadas, testamentos, inhabilitaciones, entre otros, precisó el titular de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

“Todos los derechos, titularidades y situaciones jurídicas que se inscriben y que posteriormente se publicitan, acceden al registro previa revisión, análisis y calificación registral que realiza el registrador público a los documentos que se presentan”, agregó al precisar que para la respectiva calificación los documentos pueden provenir de sede notarial, judicial y/o administrativa.

Los alcances de la calificación registral se reflejan en que el registrador público verifique la legalidad de los documentos, el cumplimiento de las formalidades, la capacidad de los otorgantes y la validez del acto.

La inscripción que se hace en los Registros Públicos otorga certeza y seguridad a los derechos, titularidades y situaciones jurídicas, constituyéndose en garantía y protección frente a terceros.
 

Inscripciones irregulares

Longaray Chau recordó que hace una década existía la posibilidad de inscripciones irregulares a través de dos modalidades: presentación de documento falso y la suplantación de identidad.

Explicó que para evitar las inscripciones irregulares y el fraude se adoptaron acciones como la presentación obligatoria de los partes notariales por el notario o su dependiente; la implementación de lector biométrico para comprobar la identidad de los presentantes de documentos y la implementación de la Plataforma de Servicios Institucionales (PSI) para notarios, que incorpora sus sellos, firmas, designa o remueve dependientes y autoriza a terceros a presentar títulos.

Otras medidas señaladas fueron la presentación electrónica de los documentos con firma digital a través del Sistema de Intermediación Digital (SID Sunarp); la implementación de la Alerta Registral para comunicar en tiempo real al titular o propietario de un bien sobre la presentación de determinada solicitud; además de Síguelo Sunarp, mediante el cual se hace el seguimiento de las solicitudes de inscripción y publicidad.

También se refirió a la anotación de bloqueo por presunta inscripción realizada en mérito a documentos falsos o suplantación de identidad; la cancelación de asientos, en sede administrativa, realizados en mérito a documentos falsos o suplantación de identidad  (Ley 30313); así como la inmovilización de partidas por el titular registral.

Refirió que ahora se exige el acuerdo de la asamblea de comuneros que apruebe la transferencia de propiedad comunal, determine, identifique e individualice el predio cuya transferencia se autorice; la actualización de la base gráfica histórica de predios inscritos, la coordinación y el apoyo a las entidades a cargo de la formalización de propiedad informal, así como a las entidades generadoras de catastro; el cierre de partidas registrales por duplicidad de inscripciones.

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(FIN) NDP/JOT
GRM

Publicado: 8/6/2022