El Poder Judicial amplió la competencia del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializado en Delitos de Trata de Personas de la Corte Superior de Madre de Dios, para que incluya también los delitos de explotación sexual, esclavitud y trabajo forzado.
En tal sentido, la Secretaría Técnica de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal emitió un informe para que el juzgado en mención asuma competencia objetiva en estos delitos.
Según el informe, si bien estos delitos pueden tratarse en el contexto de la administración de justicia como crímenes autónomos, debe ser el mismo juez quien opere en todos los casos, pues conoce las pruebas y acontecimientos referentes a ellos.
De acuerdo con la
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, el
delito de trata de personas está definido como “la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas recurriendo a la amenaza o uso de la fuerza, rapto, fraude, engaño, abuso de poder, con fines de explotación”.
La referida explotación puede incluir prostitución u otras formas de explotación sexual, servidumbre, esclavitud o extracción de órganos, que en muchos casos involucra a niños y/o adolescentes.
Se recordó que, por disposición del Poder Judicial, al primer semestre del 2016, más de 200 personas cumplen prisión efectiva por el delito de trata de personas, cifra que triplica a la población penitenciaria por este ilícito el 2012.
Según un informe del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), ese año -por orden del Poder Judicial-, estaban recluidos 81 personas por el mencionado delito en diferentes penales del país, 126 el 2013, 144 el 2014 y 175 el 2015.
(FIN) NDP/MAO
JRA
Publicado: 8/10/2017