Lima, jul. 20 (ANDINA).- En el marco de la Undécima Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, la Mesa de Reglas de Origen logró acuerdos para el 64 por ciento de los productos industriales, informó hoy el viceministro de Comercio Exterior, Pablo de la Flor.
Lima, jul. 20 (ANDINA).- En el marco de la Undécima Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, la Mesa de Reglas de Origen logró acuerdos para el 64 por ciento de los productos industriales, informó hoy el viceministro de Comercio Exterior, Pablo de la Flor.
De este modo, hoy culminaron en Miami las reuniones programadas para este capítulo y se espera continuar con su avance en la siguiente ronda de negociaciones, comentó.
Precisó que en los tres días de negociación en esta mesa, los negociadores de los países andinos (Colombia, Ecuador y Perú) y de Estados Unidos, procedieron a revisar los criterios para que un producto determinado pueda calificar como originario de uno de los países que participan en este proceso.
De este modo, detalló que un producto calificado como originario podrá beneficiarse del programa de liberación arancelaria que contemplará el acuerdo.
En esta ocasión también se revisaron las reglas de origen para los productos del sector químico, clasificados en los capítulos 25 al 40 del Sistema Armonizado, como medicamentos, mezclas químicas y pinturas, entre otros.
Asimismo, se analizaron las reglas de origen para el sector calzado y las diversas manufacturas que están clasificadas en los capítulos 41 al 97 del Sistema Armonizado, exceptuando los textiles.
Otra mesa que continuó sus discusiones en el marco de esta ronda fue la de Medidas Disconformes.
Al respecto, De la Flor comentó que las medidas disconformes son un anexo en el que los países listan los elementos en los que están disconformes respecto a los Capítulos de Inversión y Comercio Transfronterizo.
Hay que indicar que en esta mesa se discuten dos tipos de medidas (o anexos), las medidas de la legislación vigente que contravienen a un grupo de disciplinas de los Capítulos de Inversión y Servicios (estas son disciplinas de apertura comercial, tales como trato nacional, no imponer restricciones ni cuantitativas no discriminatorias, entre otras).
Por otro lado, se discute un anexo de reservas a futuro (“Anexo II”) en el que los países realizan reservas para temas específicos o sensibles como la reserva cultural.
En tal sentido, destacó que el Perú ha reiterado su posición de tener una reserva a los principios de Nación Más Favorecida y de Trato Nacional, lo que significa, entre otros para el caso del Perú, adoptar a futuro medidas de apoyo al sector cultural.
(FIN) SDD/JPC
Publicado: 20/7/2005