“Fallo de Corte IDH pone ataduras a decisiones soberanas del Perú”
Ántero Flores-Aráoz considera inadmisible sentencia sobre vocales del TC

ANDINA/Carlos Lezama
El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que ordena al Congreso archivar la denuncia constitucional contra magistrados del Tribunal Constitucional (TC), es inadmisible porque pone ataduras a decisiones que son soberanas del Estado peruano, afirmó el extitular del Congreso, Ántero Flores-Aráoz.
Publicado: 12/2/2018
Según expresó, dicha sentencia desconoce una prerrogativa substancial del Parlamento: la de decidir sobre las acusaciones constitucionales puestas a su consideración.
Flores-Aráoz, quien presidió el Congreso entre los años 2004 y 2005, subrayó que aceptar esa situación equivaldría a ir en contra del mandato de la Constitución, según el cual el Congreso tiene facultad soberana para analizar esos temas.
“Además, sería un pésimo precedente porque si no se puede interponer una denuncia constitucional contra un magistrado del TC, mañana tampoco se podría formular una denuncia penal contra un magistrado judicial por prevaricato. Están poniéndole ataduras a decisiones que deben ser soberanas. Creo que es inadmisible lo que pretende la Corte”, dijo a Andina.
Subrayó, además, que el proceso en el Congreso aún no ha concluido, pues el dictamen de la acusación constitucional contra los magistrados del TC no ha sido analizado por la Comisión Permanente ni por el Pleno del Congreso.
Frente a esa situación, Flores-Aráoz propuso como salida buscar en los procedimientos de la justicia supranacional algún mecanismo de aclaración de la mencionada sentencia.
“No digo que no hay que acatar. Primero hay que buscar todos los trámites procedimentales para no cumplir una decisión arbitraria e ilegítima. Si ello no es posible recién debería analizarse a que otra fórmula podría recurrir el Perú”, precisó.
La Corte IDH dispuso la semana pasada el archivamiento del procedimiento seguido contra los magistrados Eloy Espinosa-Saldaña, Manuel Miranda Canales, Marianella Ledesma Narváez y Carlos Ramos Núñez.
El fallo de la Corte IDH, sobre el caso Durand y Ugarte vs. Perú, ratificó la resolución que emitió el 17 de diciembre del 2017 al respecto y requirió al Estado peruano que se archive el proceso, a fin de garantizar el derecho de las víctimas a obtener un acceso a la justicia sin interferencia en la independencia judicial.
Los cuatro magistrados del TC fueron denunciados por once miembros de la Marina de Guerra en situación de retiro bajo el argumento de que cambiaron la orientación de uno de los votos (del exmagistrado Juan Vergara) de una sentencia del 2013, según la cual, en la intervención contra el motín del penal El Frontón, en 1986, no hubo delitos de lesa humanidad.
El fallo ha causado una encendida polémica entre quienes consideran ineludible la obligación de acatar la sentencia por ser el Perú signatario de tratados internacionales que lo obligan a ello, y quienes demandan rechazarlo por ser una intromisión en los asuntos internos del país.
(FIN) CCR
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— Agencia Andina (@Agencia_Andina) 12 de febrero de 2018
Publicado: 12/2/2018
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