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Congreso: proponen jubilación anticipada a los 50 años en sistema privado de pensiones

Para afiliados que además se encuentren desempleados durante seis meses

ANDINA/Difusión

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14:52 | Lima, jun. 13.

El congresista Aron Espinoza Velarde, de la bancada Podemos Perú, presentó un proyecto de ley que propone el régimen de jubilación anticipada a los 50 años para los desempleados en el Sistema Privado de Pensiones.


El proyecto de ley señala que el objetivo de esta iniciativa es establecer una edad mínima que permita a los afiliados del sistema privado acogerse al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (Reja) con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los afiliados y reactivar la economía.

Para ello, la iniciativa legal plantea modificar el artículo 1 de la Ley 30939, Ley que establece el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para que los afiliados, varones o mujeres, puedan acogerse a este régimen con una edad mínima de 50 años.

Adicionalmente, el afiliado deberá encontrarse desempleado durante 6 meses consecutivos o más, acreditando su fecha de cese con documento de fecha cierta.



También podrán acogerse los afiliados que padecen de enfermedad crónica grave, terminal o cáncer diagnosticado por una institución prestadora de salud, siempre y cuando los aportes acumulados le aseguran un monto de pensión no mayor al 40% de remuneraciones recibiditas.

La iniciativa, además, le da un plazo de 30 días a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensión para determinar el sistema operativo para acceder a los beneficios.

En la argumentación, el proyecto de ley señala que acceder a una jubilación anticipada permitirá a los afiliados que han perdido su empleo y que todavía no alcanzan los 65 años para acceder a una jubilación, mejorar su nivel económico y contar con “un monto mensual que le permita invertir en su manutención”.

Precisa que la norma no irrigará gasto al erario nacional, toda vez que el dinero que se entregará a los afiliados proviene del fondo individual acumulado por cada trabajador durante su etapa laboral.

(FIN) FHG
JRA

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Publicado: 13/6/2021
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