Tributación: ¿qué hago si soy Prico y aun no facturo electrónicamente vía OSE?
Sunat amplió en 30 días el plazo para validar comprobantes emitidos en julio.

ANDINA/archivo
Si su empresa forma parte del grupo de Principales Contribuyentes (Pricos) que aún no valida comprobantes de pago electrónicos a través de un OSE, desde el pasado 1 de julio está inhabilitado para emitir algún comprobante digital directamente a través de la Sunat. ¿Es posible regularizar esto?
Publicado: 3/7/2019
“La Superintendencia emitió una resolución extraordinaria que ofrece una salida a los principales contribuyentes que aún no habilitaron el sistema”, dijo el presidente ejecutivo de Efact, Kenneth Bengtsson.
La Resolución de Superintendencia No. 133-2019/Sunat, publicada el 30 de junio, permite aprovechar el tiempo que demora la validación de los documentos, para adecuarse al sistema del Operador de Servicios Electrónicos (OSE) y evitar que la Sunat rechace sus facturas electrónicas.
Bengtsson explicó que, según la normativa establecida por la Sunat, un comprobante electrónico debía reportarse en un periodo máximo de 7 días, porque luego no será válida la presentación.
No obstante, la última resolución de la Superintendencia amplía este periodo a 30 días (adicionales) y de forma extraordinaria, solo para los comprobantes de julio.
Es decir, los Pricos tendrán un mes para validarlos a través de un OSE e impedir que sus facturas sean invalidadas por el ente regulador.
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“Esto significa que si un Prico emite un comprobante fuera de la plataforma OSE, será rechazado por la Sunat. Sin embargo, la empresa tendrá un periodo extraordinario de 30 días adicionales, hasta el 7 de agosto, para autorizar un Operador de Servicios Electrónicos para validar sus comprobantes, y lograr que sus facturas puedan ser admitidas por la Superintendencia”, explicó Bengtsson.
Asimismo, indicó que, si bien los Pricos tienen hasta el 7 de agosto para impedir que la Sunat rechace sus facturas, deben considerar que sus clientes no pueden comprobar la validez de sus facturas hasta que sean validadas por un OSE.
“Nuestra recomendación es que los Pricos que están en contingencia regularicen el proceso lo más rápido posible y no esperen los 30 días, no solo para cumplir con la norma de Sunat sino para prevenir cualquier problema contable o con la recaudación de pagos de sus clientes”, puntualizó.
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— Agencia Andina (@Agencia_Andina) 2 de julio de 2019
(FIN) MDV / MDV
Publicado: 3/7/2019
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