La suspensión perfecta de labores no podrá exceder el 7 de octubre del 2020
Solo procede cuando se agoten posibilidades de mantener el vínculo laboral

Sede del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. ANDINA/Juan Carlos Guzmán
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) indicó hoy que el plazo máximo para aplicar la suspensión perfecta de labores no podrá exceder el 7 de octubre del presente año.
Publicado: 4/6/2020
Refirió que mediante el Decreto Supremo Nº020-2020-SA se prorrogó la Emergencia Sanitaria por un plazo de 90 días calendario, es decir, hasta el 7 de setiembre de 2020.
Por tanto, en aplicación del Decreto de Urgencia Nº038-2020, las medidas de suspensión perfecta de labores que se efectúen al amparo del artículo 3 de dicha norma no podrán exceder del 7 de octubre de 2020.
“Las nuevas solicitudes de suspensión perfecta de labores que ingresen en la plataforma virtual del MTPE a partir del 5 de junio de 2020, no podrán exceder del plazo máximo antes indicado”, precisó.
Aplicación
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, enfatizó que la suspensión perfecta de labores procede, siempre y cuando no sea posible implementar el trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber, una vez agotada la posibilidad de adoptar otras medidas alternativas para mantener el vínculo laboral y las remuneraciones.
Asimismo, previo a su adopción debe informarse a la organización sindical o, en su defecto, a los representantes de los trabajadores, a fin de entablar las negociaciones correspondientes.
Los empleadores deben asegurar el correcto funcionamiento y revisar diariamente el correo electrónico señalado en la Plataforma Virtual del MTPE para efectos de las notificaciones que realice la Autoridad Administrativa de Trabajo.
Asimismo, deben revisar diariamente la casilla electrónica asignada por Sunafil, toda vez que las notificaciones realizadas a dichas direcciones se entenderán válidamente efectuadas desde el día que conste haber sido recibidas.
Más en Andina:
#MTPEInforma | Plazo de duración de la suspensión perfecta de labores prevista en el Decreto de Urgencia N°. 038-2020. pic.twitter.com/VIeE4LnaT5
— Ministerio de Trabajo (@MTPE_Peru) June 5, 2020
(FIN) MDV / MDV
JRA
Publicado: 4/6/2020
Las más leídas
-
Perú, mucho gusto 2025: ¿Qué bondades convierten a Tacna en notable destino culinario?
-
Feria gastronómica "Me Sabe a Perú" celebrará quinta edición en Parque de la Exposición
-
Travel+Leisure: Cusco es el mejor destino turístico de América del Sur y Central en 2025
-
UNMSM: presentan guía oficial para docentes sobre el uso de IA generativa
-
Lambayeque celebra mes de la peruanidad con récord de visitantes por Museos Abiertos
-
Temblor hoy en Perú, jueves 10 de julio: sismo de magnitud 5.0 sacude la región Tacna
-
Frío extremo en la sierra sur: bajas temperaturas se prolongarían hasta el 16 de julio
-
Reorganizarán Instituto de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montañas (Inaigem)
-
Estas son las normas legales más importantes del jueves 10 de julio del 2025
-
ATU: conoce las sanciones por invadir la vía exclusiva del Metropolitano