Transfieren S/ 69.6 millones para el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”
Para financiar 460 actividades de intervenciones inmediatas

Programa de Empleo Temporal "Llamkasun Perú". ANDINA/Prensa Presidencia
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), aprobó hoy la transferencia de 69 millones 243,519 soles del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de diversos organismos ejecutores del sector público, para realizar 460 actividades de intervención inmediata.
Publicado: 29/10/2024
Mediante la Resolución Ministerial N° 168-2024-TR, publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se aprobó la transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público con quienes se han suscrito 113 convenios.
El objetivo es financiar la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata elegibles (AII-80), en los distritos priorizados del ámbito de la focalización geográfica aplicable al Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en el marco de la Ley N° 32103 - Grupo N° 02, por el importe total de 18 millones 388,519 soles.
Asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 169-2024-TR, publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se aprobó la transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público con quienes se han suscrito 347 convenios.
El objeto de estos convenios es financiar la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata elegibles (AII-80), en los distritos priorizados del ámbito de la focalización geográfica aplicable al Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en el marco de la Ley N° 32103 - Grupo N° 02, por el importe total de 51 millones 235,800 soles, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Asimismo, en ambas normas se disponer que el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” realice la supervisión, seguimiento, control, monitoreo y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos.
En caso de detectar el incumplimiento de las obligaciones que corresponden al organismo ejecutor, dispondrá las acciones establecidas en el respectivo convenio y en el marco legal vigente.
Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia.
También se dispone que la presente resolución y su Anexo se publiquen en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (
www.gob.pe/mtpe
), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el diario oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.La norma lleva la rúbrica del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate Romero.
Más en Andina:
?? El crédito otorgado para la compra de viviendas registró un incremento de 5.1% en setiembre, en comparación con el mismo mes del año anterior, con lo que alcanzó un saldo total de 69,186 millones de soles, informó el Banco Central de Reserva (BCR).
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) October 29, 2024
?? https://t.co/i8djqajcmc pic.twitter.com/PZygtLVTwG
(FIN) MDV / MDV
Publicado: 29/10/2024
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