El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declaró improcedente la solicitud de inscripción de la fórmula presidencial del partido Unión por el Perú (UPP), liderado por el congresista José Vega Antonio.
La resolución observa que la candidata a la primera vicepresidencia, Haydee Ildarina Andrade Ríos, no ha consignado información con respecto a sus ingresos, lo que, a criterio del JEE Lima Centro 1, no se ajusta a la realidad pues "el sostenimiento de la persona se funda en una fuente de ingreso de alguna actividad o renta”.
Advierte, además, que la candidata ha declarado ser propietaria de un vehículo y que se desempeña como gerenta de una empresa veterinaria, por lo que concluye que habría incurrido en omisión.
El organismo electoral observó, asimismo, que el candidato a la segunda vicepresidencia, Daniel Hugo Barragán Colona, no ha consignado información con respecto a sus ingresos económicos, aun cuando ha declarado que se desempeña como asesor en el Congreso de la República.
“Los candidatos a las vicepresidencias y la organización política no han cumplido conforme al principio de transparencia al no consignar información veraz y real de la situación patrimonial que permita conocer a los electores la condición personal y patrimonial de quienes voluntariamente postular a los cargos de elección popular”, refiere la resolución.
Precisa que esta omisión no tiene carácter de subsanable.
En ese sentido, resuelve declarar improcedente la solicitud de inscripción de los candidatos a vicepresidentes y, en consecuencia, la improcedencia de toda la fórmula presidencial que no puede continuar solo con un candidato.
(FIN) FHG/VVS
JRA
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Publicado: 29/12/2020