La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) publicó el proyecto de resolución a través del cual se regularán las obligaciones Reporte Maestro y Reporte País por País, relacionadas con las normas de precios de transferencia.
En ese sentido, las empresas cuyos ingresos correspondientes al 2017 sean superiores a 20,000 UIT (83 millones de soles), que además registren transacciones con compañías vinculadas por 400 UIT (1.6 millones) y que formen parte de un grupo económico, deberán remitir la información contemplada en la
Declaración Jurada Informativa Reporte Maestro.
“Las subsidiarias peruanas de grupos multinacionales deberán presentar el Reporte País por País en el Perú en el mes de octubre, debido a que no se cuenta aún con convenios de intercambio de información vigentes”, indicó Juan Carlos Vidal, Socio de Tax & Legal de KPMG en Perú.
Reportes
De acuerdo con el experto, las nuevas obligaciones formales Reporte Maestro y Reporte País por País permitirán a la administración tributaria contar con mejor información para sus procesos de fiscalización de
Precios de Transferencia.
En el caso de las empresas pertenecientes a grupos multinacionales con ingresos iguales o mayores a 2,700 millones de soles (a nivel consolidado de todo el Grupo) obtenidos durante el mismo periodo, les corresponderá presentar la Declaración Jurada Informativa Reporte País por País.
Plazos
De acuerdo al cronograma de vencimiento, la fecha límite para la presentación de las Reporte Maestro y Reporte País correspondientes al ejercicio del 2017 sería en octubre del presente año.
Las empresas que no efectúen el envío de información requerido por la Sunat podrían recibir una sanción económica equivalente hasta 25 UIT (103,750 soles) por cada obligación.
Más en Andina:
(FIN) RGP/RGP
Publicado: 21/6/2018