El Ministerio de Producción (Produce) suspendió las actividades extractivas del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) realizadas al norte de los 04°00’S del dominio marítimo peruano.
A través de la
Resolución Ministerial N° 360-2019-Produce, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso que la suspensión será por un período de 42 días calendario, a partir de las 00:00 horas de mañana.
Asimismo, el procesamiento de la merluza capturado en la zona antes de la entrada en vigencia de la restricción, deberá realizarse en un plazo máximo de 48 horas de iniciada la suspensión.
“Se exceptúa de la presente suspensión a la flota artesanal autorizada para la extracción de merluza en el marco de la Resolución Ministerial N° 317-2019-Produce, la misma que estará sujeta al monitoreo y seguimiento de los indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros que realizará el Imarpe”, detalló.
El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso merluza, debiendo informar y recomendar oportunamente al Produce las medidas de ordenamiento pesquero.
Talla mínima de lisa
Por otra parte, el Produce también modificó, mediante
Resolución Ministerial N° 361-2019-Produce, la talla mínima de captura del recurso lisa (Mugil cephalus) a 32 centímetros y el porcentaje de tolerancia máxima de ejemplares juveniles para extraer a 15%.
Se informó que el Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso lisa (Mugil cephalus), debiendo informar y recomendar oportunamente al Produce, entre otros aspectos, el período y porcentaje de incremento respecto a la tolerancia máxima de captura incidental de ejemplares juveniles de dicho recurso, a fin de cautelar su sostenibilidad.
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(FIN) CNA
Publicado: 24/8/2019