Cusco: Indecopi declara barrera burocrática a copia de comprobante por pago de multa
Municipalidad de Cusco exigía dicho comprobante para tramitar licencias de demolición

Indecopi declara barrera burocrática a exigencia de la municipalidad de Cusco, que pedía entrega de copia de comprobante por pago de multa por construir sin licencia. Foto: ANDINA/archivo.
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Indecopi declaró barrera burocrática ilegal a la exigencia de la municipalidad provincial del Cusco de solicitar la copia del comprobante de pago de multa por construir sin licencia, a pesar de que este pago se realiza ante la misma entidad.

Publicado: 4/2/2022
Sostuvo que dicho comprobante es solicitado cuando se tramita la licencia de demolición en vía de regularización, y está contenida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la referida municipalidad.
En su resolución, la sala afirma que la Ley del Procedimiento Administrativo General, aplicable a todas las entidades públicas, establece que cuando se realizan pagos ante la propia entidad por algún trámite, el ciudadano o empresa está exento de presentar la constancia de pago, y solo está obligado a informar en su escrito el día de pago y el número de constancia del mismo, correspondiendo a la entidad pública la verificación inmediata.

Según Indecopi, la municipalidad provincial del Cusco contravino las normas de simplificación administrativa, tal como lo dispone el artículo 48 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444), al solicitar copia de un documento que ha sido expedido por la misma entidad edilicia.
La sala precisó que lo señalado en este pronunciamiento no desconoce la facultad que tiene la municipalidad provincial de Cusco para establecer requisitos en los procedimientos administrativos, sino que estos deberán estar acorde con la legislación nacional siguiendo los lineamientos y la legislación orientados a la simplificación administrativa.
Por último, el Indecopi indicó que la información contenida en esta comunicación se refiere a una decisión tomada por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, órgano que pertenece al área resolutiva de la institución y que está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente.
Remarcó que los órganos resolutivos del Indecopi son autónomos en el ejercicio de sus funciones y sus decisiones no están sujetas a control por parte de la presidencia del consejo directivo, de la gerencia general o de cualquiera de las gerencias que conforman la estructura administrativa del Indecopi, según lo establecido en el artículo 21 de su ley de organización y funciones.
Más en Andina:
Cajamarca: actividades del tradicional Carnaval se desarrollarán sin público https://t.co/DmYMQJjGPb a través de @Agencia_Andina
— Moisés Aylas Ortiz (@regionalesand) February 4, 2022
(FIN) NDP/MAO
GRM
Publicado: 4/2/2022
Las más leídas
-
¡Atención, jubilados ONP! Con préstamo previsional puedes completar tu pensión
-
Pastor Chiribaya: conoce al perro de origen peruano que logró reconocimiento internacional
-
Parque de las Leyendas: niños tendrán 50% de descuento en el ingreso del 1 al 4 de mayo
-
MTC: nuevo Aeropuerto Internacional Jorge Chávez iniciará operaciones el 1 de junio
-
MTC confirma sabotaje en red de comunicaciones del aeropuerto Jorge Chávez
-
Marina de Guerra ejecutó más de 50 operativos contra la minería ilegal en la Amazonía
-
EE.UU. y Ucrania firman acuerdo para la explotación conjunta de minerales ucranianos
-
Día del Trabajo: Midis genera más de 350,000 empleos y autoempleos productivos
-
Jefe del Gabinete invita a fonavistas del tercer grupo a acercarse a cobrar reintegro
-
Universitario de Deportes anuncia la salida de Manuel Barreto como director deportivo