Incorporarán al SIS a personas mayores de 17 años en situación de pobreza

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Lima, jul. 21 (ANDINA).- La población mayor de 17 años en situación de pobreza y extrema pobreza será incorpora al Seguro Integral de Salud (SIS) en cumplimiento de la Ley Nº 28588, publicada hoy por el Congreso de la República.

   Lima, jul. 21 (ANDINA).- La población mayor de 17 años en situación de pobreza y extrema pobreza será incorpora al Seguro Integral de Salud (SIS) en cumplimiento de la Ley Nº 28588, publicada hoy por el Congreso de la República.

   La norma también declara de interés prioritario la infraestructura arquitectónica y no arquitectónica de los centros educativos a cargo del Ministerio de Educación.

   Asimismo, detalla que la incorporación al SIS de varones y mujeres mayores de 17 años que residan en las zonas urbanas y rurales se realizará con carácter prioritario, en forma sucesiva y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

   En el caso de las mujeres, para ser incorporadas al SIS deberán acreditar que no son gestantes.

   La ley, publicada en el diario oficial El Peruano, precisa que este beneficio no alcanza a las personas que cuentan con cobertura a cargo de Essalud u otros regímenes se seguridad social.

   Además, declara como prioritaria la implementación del componente de salud mental en el SIS.

   La aplicación de esta disposición se sujeta a los presupuestos institucionales aprobados por la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2005, y por las leyes que se aprueben para los años fiscales siguientes, indica la norma.

   Señala que los recursos provenientes de la Cooperación Internacional, reembolsables y no reembolsables, dirigidos a programas sociales de alivio o superación de la pobreza, deberán ser asignados al cumplimiento de la presente ley.

   Las ampliaciones presupuestales que remita el Poder Ejecutivo al Congreso de la República, vinculadas a nuevos ingresos fiscales, deberán prioritariamente asignar nuevos recursos para poder cumplir con esta ley, estable de la ley publicada hoy. 

   De otro lado, indica que en un plazo de 180 días el Ministerio de Salud deberá informar a las respectivas Comisiones Ordinarias del Congreso de la República sobre el cumplimento de lo dispuesto en los párrafos anteriores.

   Los informes de este portafolio se presentarán en los 30 primeros días de cada Legislatura del Congreso, hasta alcanzar la cobertura total de la atención gratuita de salud de la población mayor de 17 años.    

   El reglamento de esta ley será elaborado por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor de 60 días.

   (FIN) NDP/MAM


Publicado: 21/7/2005