Andina

Pautas para sustentar sus ahorros en el sistema financiero ante la Sunat

Autoridad tributaria recibirá información de cuentas que tengan movimientos y/o saldos de S/ 30,800 a más

11:00 | Lima, feb. 25.

A partir de este año y cada seis meses, las entidades del Sistema Financiero deberán reportar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) los saldos y movimientos superiores a 30,800 soles en cuentas de personas naturales o jurídicas; es decir cantidades que superen las siete unidades impositivas tributarias (UIT).

Este nuevo reporte complementará las acciones de la institución para combatir la elusión y evasión tributaria en el país donde alrededor del 75% de la población es informal.  

Sin embargo, el mecanismo generó mucha incertidumbre y dudas entre los ahorristas que tienen su dinero en los bancos.  

“Quienes cumplimos con nuestras obligaciones tributarias no deberíamos estar preocupados, pues nuestros movimientos bancarios finalmente son un reflejo de nuestros ingresos y estos deberán calzar con la información que Sunat ya maneja”, afirmó el director de Tax & Legal y líder de Private Enterprise en KPMG en Perú, señala Edgar Vera.  

Aun así y para estar más tranquilos, el especialista brinda algunas aclaraciones y recomendaciones sobre esta medida. 


1. Sustentar los movimientos y saldos mensuales bancarizados

Las personas naturales no están obligadas a llevar una contabilidad completa, a diferencia de las jurídicas; pero siempre se debe ser cuidadoso con los documentos de soporte de las operaciones bancarizadas. 

Esto le permitirá responder adecuadamente a los potenciales requerimientos de la Sunat para evaluar si dichas operaciones tienen algún impacto tributario.  

Por ello, se recomienda conservar toda la documentación que sustente ingresos y salidas de fondos, como: boletas de sueldos, recibos de honorarios emitidos, liquidación de inversiones en valores, venta de inmuebles o auto, préstamos otorgados o recibidos entre otros a fin de sustentar los ingresos.  

Esta documentación deberá ser conservada así no estemos obligados a presentar declaración jurada anual del impuesto a la renta. 

 
2. Sustentar los fondos provenientes de los ahorros de toda la vida

La tarea de sustentar los fondos provenientes de los ahorros es aún más complicada. Si bien las personas naturales no están obligadas a llevar el registro de los flujos de ingreso, deben estar preparados ante un potencial requerimiento de Sunat.  

Para ello, se deberá reconstruir la actividad financiera de los últimos años, elaborando flujos de caja y documentándolos para que el ente recaudador tenga la trazabilidad de los ahorros. Asimismo, se tendrá que analizar si por las transacciones que originaban una renta gravada se pagó el impuesto correspondiente o debe regularizarse.  


3. La confidencialidad y el uso indebido de información  

Otro temor que surgió ante el anuncio de este nuevo reporte fue el riesgo de filtración de la información financiera a sujetos que hagan uso indebido de esta.  

Sin embargo, es importante mencionar que la Sunat trata la información bajo estándares y recomendaciones internacionales referidos al intercambio automático emitidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).  

Actualmente, la entidad maneja esta información confidencial producto de la amnistía, fiscalizaciones, reportes de ITF, declaraciones de aportes del empleador, entre otros, y hasta el momento no se tiene conocimiento del uso indebido de esta. 

 
Mayor presión

Comentó que ante la elevada tasa de informalidad en el país y la caída en las recaudaciones fiscales en el último año, es de esperar que en el 2021 habrá una fuerte presión para detectar la evasión e incrementar la recaudación tributaria en el caso de las personas naturales.  

“La Sunat estará monitoreando los desbalances que puedan haber, tomando como base la información que viene recabando desde distintas fuentes y ahora desde las empresas del sistema financiero”, dijo Vera. 

Para estar preparados, agregó, nuestra principal recomendación es documentar adecuadamente las operaciones bancarizadas que serán reportadas por las entidades financieras a la Sunat y apoyarse en una asesoría tributaria especializada, dependiendo de la complejidad de las operaciones. 


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(FIN) SDD


Publicado: 25/2/2021
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