MEF autorizó incremento del límite de gastos a favor de ocho entidades públicas
Dispositivo tiene el objetivo de dar sostenibilidad fiscal y mantener el equilibrio presupuestario

Foto: ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó el incremento en el límite de gastos establecido para el ejercicio fiscal 2024, a fin de garantizar la sostenibilidad fiscal y el equilibrio presupuestario a favor de ocho entidades públicas.
Publicado: 15/8/2024
Para ello publicó el Decreto Supremo 150-2024-EF en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
De esta manera, se hacen modificaciones en el artículo 5 del Decreto de Urgencia 006-2024, que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, en diversos pliegos del Gobierno Nacional.
Ese artículo disponía que el gasto devengado a nivel de pliego para el Año Fiscal 2024, por toda fuente de financiamiento, no puede incrementarse en más del monto devengado al cierre del Año Fiscal 2023 en las entidades del Gobierno Nacional señaladas en el Anexo II de esa norma.
Ampliación
De este modo, el decreto supremo publicado hoy autoriza, excepcionalmente, en el presente año fiscal, el incremento del límite del gasto establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto de Urgencia 006-2024, a favor de:
- La Presidencia del Consejo de Ministros.
- El Instituto Nacional de Estadística e Informática.
- La Dirección Nacional de Inteligencia.
- El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones.
- La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento.
- La Autoridad Nacional del Servicio Civil.
- El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica,
- El Ministerio del Interior,
Ello, conforme a lo detallado en el anexo “Autorización de incremento del límite del gasto establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto de Urgencia 006-2024”, que forma parte integrante del presente decreto supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Señala que los titulares de las entidades bajo el alcance del presente decreto supremo serán los responsables de su adecuada implementación, así como del uso de los recursos comprendidos en el mismo, de conformidad con la normativa vigente.
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Informe: Carlos Marín pic.twitter.com/euriCH1NMb
(FIN) SDD
GRM
Publicado: 15/8/2024
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