El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) consideró hoy que los proyectos de ley aprobados en el Congreso de la República afectan gravemente los avances logrados por la reforma universitaria.
De esa manera, el Sineace reiteró su opinión desfavorable sobre el
proyecto de ley que busca restituir la autonomía a las universidades, aprobado recientemente por el Congreso de la República.
"Les resta independencia a los órganos reguladores, y a través de su segunda disposición complementaria, transitoria y final, dispone devolver la vigencia a distintos artículos de la ley del Sineace que fueron derogados por la Ley Universitaria, y que corresponden a funciones de órganos operadores extintos", señaló en un comunicado.
Otro de los aspectos por los cuales reprueba el referido proyecto legislativo es porque la iniciativa también busca reactivar la estructura antigua del Sineace que resulta incompatible con la actual
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
Al respecto, manifestó que la aprobación del proyecto de ley no siguió los canales formales de opinión previa de PCM y MEF exigidos por la normativa vigente; y vulnera lo dispuesto en el Art. 79 de la Constitución Política, que señala que los congresistas no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos.
Con ese panorama, subrayó que no resulta pertinente devolver la vigencia a la normativa derogada de órganos extintos desde hace más de siete años, sino más bien continuar, a nivel legislativo, con la reorganización en términos del fortalecimiento del Sineace.
"El Sineace tiene una responsabilidad clave en la mejora de la calidad del servicio educativo junto con la Sunedu, en el ámbito universitario, y con el Ministerio de Educación, en el ámbito de la educación superior tecnológica, pedagógica, artística y la educación técnico-productiva", sostuvo.
Antecedentes
Antes de la Ley Universitaria, el Sineace estaba conformado por tres órganos operadores, cuyos directorios contaban con representantes de universidades privadas y públicas seleccionados por ellas mismas. Este sistema, según mencionó, operó en un contexto declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, que determinó la necesidad de contar con organismos autónomos y técnicos para llevar a cabo la supervisión del servicio educativo.
En julio de 2014, con la entrada en vigencia de la Ley Universitaria, se creó la Sunedu como el organismo público encargado del licenciamiento de las universidades y se dispuso la reorganización del Sineace.
Desde entonces, el Sineace ha funcionado con base en las disposiciones legales vigentes, siendo sus principales funciones: la acreditación, certificación de competencias profesionales, supervisión y generación de información relevante para la comunidad.
La gestión actual del Sineace viene realizando cambios estructurales a fin de fortalecer el aseguramiento de la calidad educativa a través de la articulación del licenciamiento (condiciones básicas de calidad) con la acreditación (estándares altos de calidad), entre ellos:
- Se aprobó y fortaleció el marco normativo y las exigencias que regulan los procedimientos administrativos de acreditación y certificación de competencias profesionales, y la prevención de conflictos de interés.
- Se aprobó un nuevo modelo de acreditación institucional para universidades licenciadas, acorde con las nuevas condiciones básicas de calidad establecidas por la Sunedu.
- Se estableció un esquema de certificación de competencias profesionales que privilegia la generación de valor público en las personas certificadas y en los sectores priorizados (salud y educación), en concordancia con las políticas nacionales de educación superior, competitividad y productividad.
- Se implementó la Dirección de Supervisión para garantizar el cumplimiento del marco normativo, cuya principal función es combatir prácticas ilegales que venían ocurriendo por parte de sujetos privados no autorizados ni habilitados que realizaban actividades vinculadas a la acreditación en el país.
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(FIN) NDP/JAM/KGR