Andina

Serfor decomisa más de 6,000 kilos de palo santo por no acreditar su origen legal

Producto forestal provendría de Piura y Tumbes y sería comercializado en mercados locales e internacionales

Personal del Serfor decomisa más de 6,000 kilos de palo santo por no acreditar procedencia. Foto: ANDINA/difusión.

Personal del Serfor decomisa más de 6,000 kilos de palo santo por no acreditar procedencia. Foto: ANDINA/difusión.

17:30 | Lima, may. 27.

Por no contar con la documentación que acredite el origen legal y la respectiva autorización para su comercialización, un total de 6,873.21 kilos de palo santo (Bursera graveoleus) y 99.45 kilos de resina fueron decomisados por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

Los productos de palo santo se hallaban en un depósito en el distrito de Los Olivos, y se encontraban distribuidos en 360 sacos, 173 cajas y 21 sacos forrados con bolsa film. De igual manera, se encontraron cuatro sacos de resina, los cuales fueron confiscados por la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Lima del Serfor.


La madera del palo santo posee un notable valor comercial local, nacional e internacional, es usado para sahumerio y elaboración de óleos, aceites y perfumes. Este producto es bien cotizado y se exporta a Estados Unidos, Chile, España, Italia y Alemania.

El palo santo es una especie categorizada como en “Peligro crítico”, de acuerdo al Decreto Supremo 043-2006-AG, que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre. Por ello, el Estado peruano prohíbe la tala no autorizada de la especie y permite solo la recolección de árboles caídos o muertos (ramas y rastrojos) de manera natural.


Esta intervención es resultado de inspecciones inopinadas como parte de las supervisiones y control realizadas por el personal especializado de la ATFFS Lima a los centros de transformación primaria en el ámbito de su jurisdicción.

La ATFSS Lima del Serfor realiza un trabajo constante para supervisar, reportar y sancionar estos hechos, conforme a lo dispuesto en la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que establece como una infracción muy grave el comercio, transporte, transformación y tenencia de productos o subproductos forestales, sin contar con los documentos que amparen su procedencia legal y sanciona este hecho con multas que fluctúan entre 0,1 y 5000 UIT, de acuerdo a los criterios de gradualidad.


Por otro lado, Serfor, a través de la ATFFS Lima transfirió 2,000 kg de palo santo a la parroquia Santa Rosa del Callao. El producto forestal fue incautado hace unos meses y fue solicitado por la mencionada parroquia para ser usado como sahumerio en las celebraciones litúrgicas, misas y procesiones.

Por último, dicho organismo señaló que para el transporte y comercialización de cualquier producto forestal es precisó que el usuario sepa lo siguiente: 

-   Para el transporte de productos forestales es obligatorio tener la Guía de Transporte Forestal (GTF) en el vehículo desde el embarque hasta su destino. 

-   Para solicitar la emisión de la GTF, se debe acceder a la página web del Serfor.

-   Para mayor información sobre las autorizaciones de aprovechamiento de palo santo u otro recurso forestal pueden dirigirse a la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre (ARFFS) o a las administraciones técnicas forestales y de fauna silvestre (ATFFS) del Serfor de su jurisdicción.



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(FIN) NDP/ICI/KGR
GRM

Publicado: 27/5/2022