Andina

Sector privado insta a publicar reglamento de Ley de Alimentación Saludable

Indica que se cumple normas sobre rotulado

ANDINA/Prensa Presidencia

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13:16 | Lima, ene. 03.

La Asociación de Bebidas y Refrescos Sin Alcohol (Abresa) instó al Ministerio de Salud que publique el Reglamento de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable en Niños y Adolescentes, a fin de que esta norma pueda entrar en vigencia lo más pronto posible para beneficio de la población.


Agustín Valencia Dongo, representante de dicho gremio, sostuvo que la industria de alimentos ha alcanzado al sector Salud las sugerencias para la elaboración de la norma dentro del plazo estipulado, y consideró que habiéndose cumplido el tiempo contemplado para su publicación, el Minsa debería efectuar la publicación. 

“Alentamos que este proceso se siga dando con total transparencia, con la expresión de los argumentos técnicos y científicos que se vienen evaluando, sin poner en duda la honorabilidad y calidad técnica de las autoridades y especialistas que vienen elaborando este documento”, subrayó.

Valencia Dongo precisó, además, que Abresa está de acuerdo con el espíritu de la ley, pero que el Reglamento y otras normas complementarias deben corresponder a la realidad del Perú y a las normas técnicas internacionales.

“La industria viene cumpliendo con las normativas vigentes de rotulado, creando conciencia en los ciudadanos a un consumo responsable de los productos que se fabrican, y que estos cumplen con todos los registros sanitarios previstos tanto por la ley peruana como por organismos internacionales”, puntualizó.

Agregó que dicha organización desarrolla y promueve campañas en contra del sedentarismo, llamando a la conciencia ciudadana y principalmente de las autoridades, para inculcar la actividad deportiva y rutina de ejercicios en los niños. 

"Los alimentos y bebidas que fabricamos son seguros e inocuos y no hay impedimento legal para que puedan ser vendidos, incluso en establecimientos de salud y hospitales”, expresó.

Remarcó que los alimentos procesados, precisamente por los tratamientos de empacado e inocuidad con los que se fabrican, permiten el expendio sin poner en riesgo la calidad del producto. "Es por eso que las máquinas expendedoras pueden atender 24 horas, los 7 días de la semana, sin tener contratiempos de intoxicación o daño para quienes los consumen”, anotó.

Publicación pendiente

En octubre del 2014, el entonces viceministro de Salud Pública y hoy titular del Ministerio de Salud, Aníbal Velásquez, adelantó que en ese mes iba a publicarse el Reglamento de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, que contempla los parámetros técnicos sobre los niveles máximos de azúcar, sodio y grasas saturadas que deben contener los alimentos y bebidas no alcohólicas procesados, así como la reducción gradual de grasas trans hasta su eliminación.

En diálogo con la agencia Andina, el funcionario señaló entonces que tras más de cinco meses de haberse prepublicado el proyecto de reglamento, ya se tenía listo el documento final que recoge aportes y recomendaciones de instituciones y expertos en este tema.

Los parámetros técnicos están basados en estándares establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), los cuales tienen evidencia científica, y que son recogidos también por entidades como el Colegio de Nutricionistas del Perú, anotó.

Además, el reglamento tiene concordancia con el Decreto Legislativo N° 1062, Ley de Inocuidad Alimentaria; el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-98-SA y sus normas modificatorias; el Reglamento de Alimentación Infantil, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2006-SA, y demás normas relacionadas.

"El encargo que tiene el Minsa para elaborar el reglamento de la ley es establecer los parámetros técnicos que son reconocidos como saludables", enfatizó el funcionario.

Velásquez Valdivia precisó que la implementación de la norma, una vez publicado el reglamento, corresponde no solo al sector Salud, sino también a otros portafolios como Educación que contribuye a la promoción y la enseñanza de la alimentación saludable en los centros educativos.

La Ley 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, dispone la promoción y protección efectiva del derecho a la salud pública, al crecimiento y desarrollo adecuado, a través de las acciones de educación, fortalecimiento y fomento de la actividad física, así como la implementación de quioscos y comedores saludables en los colegios.

También dispone la supervisión de la publicidad, la información y otras prácticas relacionadas con los alimentos y bebidas no alcohólicas dirigidas a los niños, niñas y adolescentes para reducir y eliminar las enfermedades vinculadas al sobrepeso, obesidad, problemas cardiacos y enfermedades crónicas como la diabetes e hipertensión arterial.

(FIN) LZD/LZD





Publicado: 3/1/2015