La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) expresó hoy su rechazo a las declaraciones de Javier Villa Stein, respecto a una supuesta falta de transparencia del Voto Electrónico No Presencial (VENP), usado en la elección para elegir al decano del Colegio de Abogados de Lima.
Villa Stein, quien
perdió la elección frente a María Elena Portocarrero, presentó una apelación a través de su personero, para que la segunda vuelta de estos comicios se declare nula, por cuestionamientos al uso del voto electrónico.
“Es necesario advertir a los miembros integrantes del Colegio de Abogados de Lima, y al país en general, que el Sistema de Voto Electrónico No Presencial ha sido auditado por la Organización de Estados Americanos (OEA)”, indica la ONPE en un comunicado.
La entidad agregó que el moderno Sistema de Voto Electrónico No Presencial ha sido utilizado también con total éxito en las elecciones del Colegio Médico del Perú, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y el Colegio de Arqueólogos del Perú.
Indica que esta opción se constituye y acredita como una solución moderna, transparente y eficiente para el desarrollo de elecciones en el país.
La ONPE aclaró, además, que el voto electrónico fue utilizado exitosamente tanto en la primera como
en la segunda elección para elegir autoridades del citado colegio profesional.
En el caso de la segunda elección se contó con un notario público, los personeros técnicos de los candidatos, y además fueron fiscalizadas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Asimismo, el organismo electoral expresó su más enérgica condena a la falsificación que personas inescrupulosas han realizado a un documento, como es la lista de agremiados, cuya versión apócrifa está circulando en redes sociales.
“Con el objetivo de desacreditar el veredicto de los abogados expresado en las urnas, el falso documento agrega una columna al listado de agremiados, con la presunta e hipotética votación de cada abogado el pasado 9 de diciembre de 2017”, informaron.
Explicó que esto sería imposible debido a que el sistema de votación electrónica está diseñado bajo parámetros que no permiten relacionar el voto emitido con el votante.
(FIN) JCR/CCR
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Publicado: 12/12/2017