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Declaran en emergencia a localidades de 5 regiones por desastres debido a intensas lluvias

En Huánuco, Junín, La Libertad, Pasco y San Martín

Declaran en emergencia a localidades de 5 regiones por desastres debido a intensas lluvias.Foto:  ANDINA/Difusión

Declaran en emergencia a localidades de 5 regiones por desastres debido a intensas lluvias.Foto: ANDINA/Difusión

11:29 | Lima, dic. 24.

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia por desastre a consecuencia de intensas lluvias en once distritos de cinco provincias de los departamentos de Huánuco, Junín, La Libertad, Pasco y San Martín, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Esta medida, que tiene una vigencia de 60 días calendario, rige para la provincia de Marañón (Huánuco); los distritos de Chanchamayo, Pichanaqui y San Luis de Sihuaro, en la provincia de Chanchamayo (Junín); los distritos de Pataz, Huaylillas, Ongón, Tayabamba y Huancaspata, en la provincia de Pataz (La Libertad), según establece un Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano.

También están comprendidos en esta declaración de emergencia los distritos de Pozuzo y Chontabamba, en la provincia de Oxapampa (Pasco), y el distrito de Shunte, provincia de Tocache (San Martín).


El dispositivo legal establece que los gobiernos regionales de Huánuco, Junín, La Libertad, Pasco y San Martín, y los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y demás instituciones públicas y privadas involucradas ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas.

Estas acciones contarán con la participación de los Ministerios de Salud; de Educación; de Agricultura y Riego; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; del Interior; de Defensa; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y de Trabajo y Promoción del Empleo.

Las intervenciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, precisa la norma.

La implementación de las acciones previstas en este decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra; y está refrendado por los titulares de los ministerios mencionados.

(FIN) LZD/MAO
JRA

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Publicado: 24/12/2019