Los emprendedores perjudicados por los efectos del coronavirus en la economía pueden acceder a créditos de capital de trabajo a tasas de interés atractivas vía entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito (coopac) en el marco del Fondo de Apoyo Empresarial a las Micro y Pequeñas Empresas (FAE-Mype).
Los emprendedores pueden acceder a préstamos de capital de trabajo a tasas de interés de entre 2.68% y 4.42%, gracias a la garantía que ostentan y al mecanismo de subastas de estos recursos monetarios.
Cabe destacar que la tasa de interés promedio en soles de los créditos a 360 días para las pequeñas empresas en la banca se posicionó en 16.96% al 23 de junio del 2020, en tanto que la tasa promedio en soles para el mismo tipo de préstamo para microempresas en los bancos se ubicó en 42.75%, según cifras de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
El FAE-Mype tiene como objetivo garantizar los créditos que otorga Cofide a las empresas del sistema financiero y a las coopac para atender requerimientos de capital de trabajo de estas empresas.
A estos préstamos otorgados con los recursos del FAE-Mype, a un plazo de pago de tres años y un periodo de gracia de hasta 12 meses, pueden acceder los emprendedores de diversos sectores económicos.
Requisitos de acceso
De esta manera, accederá al FAE-Mype las micro y pequeñas empresas que requieran créditos para capital de trabajo según parámetros establecidos por la SBS para créditos a las mypes.
Accederán las mypes que estén clasificadas en el sistema financiero, al 29 de febrero último, en la Central de Riesgo de la SBS, en la categoría Normal o Con Problemas Potenciales (CPP).
En caso no cuenten con clasificación a dicha fecha, no deben haber estado en una categoría diferente a la Normal durante los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo.
Si la mype no cuenta con historial crediticio y por tanto no tiene clasificación, la entidad financiera o la coopac deberá indicar la clasificación interna asignada que tendrá que ser equivalente a las categorías de Normal y/o CPP.
No califican
No son elegibles como beneficiarios de este Fondo, las mypes que estén relacionadas a las empresas del sistema financiero y a las coopac otorgantes del préstamo, así como a las comprendidas en el ámbito de la Ley 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos.
Tampoco son elegibles las mypes que cuenten con créditos garantizados en el marco del programa Reactiva Perú.
Cobertura y recursos
La garantía que otorga el FAE-Mype cubre como máximo el monto equivalente a dos veces el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la mype en el 2019, en la entidad del sistema financiero o coopac que le otorga el crédito.
Los créditos de capital de trabajo otorgados con recursos del FAE-Mype hasta 10,000 soles cuentan con un 98% de cobertura, mientras que los préstamos entre 10,001 y 30,000 soles poseen un 90% de cobertura.
Más en Andina:
(FIN) MMG/JJN
Publicado: 29/6/2020