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Conoce más sobre el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias

Ministerio de Vivienda se encargará de llevar a cabo la convocatoria

Ministerio de Vivienda.

Ministerio de Vivienda.

07:27 | Lima, ago. 31.

Recientemente fue aprobado el reglamento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, que permitirá al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) entregar este subsidio de 500 soles a las familias que perdieron sus casas producto de desastres naturales e inducidos por acción humana, con el fin de que puedan alquilar una vivienda.

A continuación conozca mayores alcances sobre este beneficio.

1. Declaratoria de emergencia

Este subsidio está dirigido a las familias cuyas viviendas hayan colapsado o quedado inhabitables o en riesgo inminente debido a desastres naturales o inducidos por acción humana. Es importante resaltar que dichos eventos deben contar con declaratoria de Estado de Emergencia vigente, promulgado mediante decreto supremo por la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM).

2. Verificación de daños

Los gobiernos locales de las zonas afectadas, en el marco de sus competencias ante una emergencia, son los encargados de verificar la cantidad de familias damnificadas, información que es validada por el MVCS en campo.

“Cuando ocurre una emergencia, siempre el gobierno local realiza la identificación vivienda por vivienda, cuáles son los daños y cuántas son las familias damnificadas. Nosotros como sector vamos a verificar esas viviendas, entrevistamos a los damnificados y recogemos ciertos datos”, precisó, en el programa de Facebook del MVCS “Expertos a tu servicio”, el arquitecto Miguel Musucancha, coordinador de Intervenciones Temporales de Vivienda del MVCS.

3. Convocatoria

Tras esta verificación, el MVCS lanza la convocatoria mediante resolución ministerial, en la cual se establece el ámbito de intervención, el número de bonos a entregar y la relación de los potenciales beneficiarios.

4. Presentación de la solicitud

Luego, estas familias deberán llenar tres documentos, que podrán descargar de las páginas web del MVCS y del Fondo Mivivienda, y presentarlos en el municipio o en el Centro de Atención al Ciudadano del MVCS de la jurisdicción donde ocurrió la emergencia.

Se trata de una solicitud en la que deben indicar dónde se ubica la vivienda que van a arrendar, el distrito y provincia a la que pertenece, entre otros datos; una declaración jurada en la que se precise que no cuentan con otra vivienda aparte de la que quedó inhabitable o colapsada; y un contrato de arrendamiento suscrito entre el representante del grupo familiar y el arrendador de la vivienda, con firmas legalizadas.

El ministerio evalúa estos documentos y, de ser el caso, coordina si se debe subsanar alguna falta.

5. Elaboración de la lista final

Con esta información, el MVCS establece la lista final de beneficiarios del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias. Dicha relación es remitida al Fondo Mivivienda para que –considerando el convenio suscrito con el Banco de la Nación–, los damnificados puedan cobrar este subsidio para alquilar una vivienda por un plazo máximo de dos años.

Cabe resaltar que las fechas de inicio de cobro son publicados en las plataformas digitales del MVCS y del Fondo Mivivienda, y son comunicados a los gobiernos locales correspondientes.


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(FIN) NDP/CNA
GRM

Publicado: 31/8/2022