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Rechazan recurso de Martín Rivas para no ser juzgado por violación de DDHH

11:44 |

Lima, jun. 24 (ANDINA).- La Primera Sala Anticorrupción rechazó un recurso del sindicado ex jefe del grupo paramilitar “Colina”, Santiago Martín Rivas, para evitar ir a un juicio oral por violación a los derechos humanos.

   Lima, jun. 24 (ANDINA).- La Primera Sala Anticorrupción rechazó un recurso del sindicado ex jefe del grupo paramilitar “Colina”, Santiago Martín Rivas, para evitar ir a un juicio oral por violación a los derechos humanos.

   El tribunal indicó que la excepción de amnistía presentado por Martín Rivas carece de sustento legal porque fundamentó su recurso con las leyes antiterroristas dadas en el fujimorismo y que han sido declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional (TC).

   El sindicado ex jefe del grupo "Colina" busca no ser juzgado por los crímenes de La Cantuta, Barrios Altos, El Santa y la desaparición del periodista Pedro Yauri.

   La excepción de amnistía de Rivas señala que fue designado para enfrentarse con los grupos subversivos y solo cumplió un deber constitucional.

   A raíz de esa misión, sostiene el militar en retiro, que el gobierno del ex presidente Alberto Fujimori lo amnistió y por lo tanto no puede ser juzgado nuevamente en una audiencia oral.

   La sala “A”, presidido por Inés Villa, indicó que los argumentos de Martín Rivas carecen de válidez debido a que leyes que buscan la impunidad no se aplican a los delitos de lesa humanidad, tal como lo sostiene la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

   El procurador adjunto, Pedro Gamarra saludó la decisión del tribunal anticorrupción porque “pone fin a una treta más usada por Santiago Martín Rivas para evitar ir un juicio oral”.

   Recordó que de ser hallado culpable, Martín Rivas sería condenado a 35 años de cárcel.

   “Este fallo permite que aquellos que violaron los derechos humanos van a ser juzgados y así se podrá resarcir el daño causado a los familiares de las víctimas y al Estado peruano”, refirió el procurador.

   (FIN) RRA/RES


Publicado: 24/6/2005