El Congreso de la República oficializó la ley que tiene por objeto autorizar el nombramiento excepcional y por única vez de los docentes contratados en las universidades públicas.
La ley Nº 32171 fue publicada esta noche en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano
De acuerdo al artículo 2 referido a los requisitos, los docentes contratados en las universidades públicas, que se acojan a la presente ley, deben acreditar experiencia en docencia universitaria y/o en el ejercicio profesional no menor de cinco años.
Además de vínculo laboral hasta el semestre académico 2023-2; adjudicación de una plaza por concurso público.
En el artículo 3.1 se menciona que el nombramiento excepcional del docente contratado puede darse en la categoría de profesor asociado o profesor auxiliar; en su defecto, se le reserva el derecho de ocupar las plazas vacantes que se generen con posterioridad, en conformidad con el artículo 83 de la Ley 30220, Ley Universitaria.
Para el nombramiento en la categoría de profesor asociado, el docente debe tener siete años o más de experiencia en docencia universitaria, consecutiva o alternada y contar con el grado de doctor.
Mientras que, para el nombramiento en la categoría de profesor auxiliar, el docente debe tener un mínimo de cinco años de experiencia en la docencia universitaria y/o en el ejercicio profesional, consecutiva o alternada, y contar con el grado de maestro
(FIN) JCR
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Publicado: 21/11/2024