Desde el próximo 1 de octubre, aproximadamente 600 plataformas de streaming y otros servicios digitales que ofrecen sus servicios en el país deberán pagar el Impuesto General a las Ventas (IGV) con lo cual se estima recaudar 1,200 millones de soles anuales. Y para lo que resta del presente año se espera 600 millones.
Según el Decreto Legislativo N.º 1623 promulgado por el Ejecutivo el último 4 de julio, tanto Netflix como otras de similares características que no cuentan con domicilio fiscal en Perú, deben tramitar número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) ante la Sunat, y así facilitar el acceso a una declaración oportuna de IGV desde el 1 de octubre.
Luis Moreno, director de Fiscalidad Internacional de la Red Latinoamericana por Justicia Económica y Social – Latindadd, resaltó que el gobierno peruano incremente su recaudación fiscal, aunque consideró que la medida es regresiva debido a que el pago de este impuesto recaerá en un sector específico de la población.
“Es un impuesto regresivo de fácil recaudación que no atiende el verdadero problema: la evasión del pago del impuesto a la renta de plataformas como Netflix, AirBnB, Prime, entre otras”, sostuvo.
Tasa Netflix
Resaltó que la llamada “tasa Netflix” si bien se equipara a las prácticas fiscales de otros países, no logra abordar el verdadero problema: la tributación sobre la renta de las grandes empresas digitales.
“Este impuesto si bien pretende cobrar a las empresas que brindan servicios digitales, en realidad no sería cobrado a estas, sino transferido a los usuarios de estos servicios, que es como usualmente las empresas se deslindan de responsabilidades fiscales, como ha sucedido total o parcialmente en otros países”, advierte Moreno.
Precisó que al ser gravado a través del IGV, se pretendería que la empresa asuma el impuesto, pero estas, dependiendo de su estrategia comercial y financiera, transferirían el costo al usuario final.
En esa línea, dijo que similar situación ocurre con las plataformas de interconexión de servicios, como por ejemplo AirBnb, que enlaza a personas que desean alquilar un departamento o vivienda con los propietarios, sin que haya más mediación entre ambos que la transacción financiera.
“Lo que busca la SUNAT además es identificar a las personas naturales que tiene estas actividades, de alquiler de inmuebles. Identificarían cuántas viviendas tienen bajo este mecanismo, como AirBnb, y lo gravarán como una actividad inmobiliaria, entonces les van a pedir el pago del impuesto a la renta, además de exigirles también el pago del IGV sobre esas transacciones”, precisó el especialista.
Otro detalle que advirtió Moreno se trata sobre los costos administrativos que podría generar la denominada “tasa Netflix”, pues ante una segunda opción que dé SUNAT será la banca el agente retenedor a través de las tarjetas de crédito o cuentas bancarias para hacer el pago de los servicios digitales.
“Los bancos también evaluará el procedimiento y costos que les genera, pues podrían exigir que se les pague el costo administrativo de retener el 18% a los usuarios que contratan los servicios de plataformas digitales. Y eso, es muy probable, también será trasladado a los usuarios”, indicó.
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(FIN) NDP
Publicado: 16/8/2024