El Poder Ejecutivo estableció la lista de actividades económicas permitidas durante la inmovilización social obligatoria en los departamentos con nivel de alerta sanitaria extrema, estas regirán del 31 de enero al 14 de febrero del 2021. Conoce cuáles son en la siguiente nota.
Cabe recordar que si desarrollas una de las actividades permitidas debes solicitar tu pase laboral a partir del 31 de enero desde el
siguiente enlace.
Entre los rubros económicos y actividades que continuarán labores figuran las siguientes: agricultura, pesca y acuicultura, energía, hidrocarburos, minería y actividades conexas, manufactura en general y construcción.
Durante la inmovilización social obligatoria también se permite que clínicas, farmacias y boticas puedan prestar atención; mientras que en el rubro de los comercios, está permitida la reparación de vehículos motorizados, no motorizados y bicicletas.
De igual forma, la Presidencia del Consejo de Ministros dio a conocer que están permitidos los siguientes servicios: transporte de pasajeros por vía férrea, navegación, emisión de brevetes, inspección vehicular, mensajería, hospedaje y alojamiento, entre otros.
Igualmente, los servicios notariales y jurídicos, reservas turísticas, actividades veterinarias, atención médica, oftalmológica, odontológica y de diagnóstico; encuestadoras, contabilidad, arquitectura y reparación de equipos informáticos, entre otras.
(FIN) NDP/JCC/CVC
GRM
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Publicado: 29/1/2021