Andina

Suspenden importación de mercancía pecuaria de Alemania por 90 días

Referida a los productos que puedan transmitir la enfermedad de la fiebre aftosa

La fiebre aftosa ataca a los bovinos y porcinos entre otros y causa grandes perjuicios económicos. ANDINA/Difusión

La fiebre aftosa ataca a los bovinos y porcinos entre otros y causa grandes perjuicios económicos. ANDINA/Difusión

20:35 | Lima, ene. 14.

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) determinó la suspensión de la importación de mercancías pecuarias que puedan transmitir o sirvan de vehículo del virus que causa la enfermedad de la fiebre aftosa, de origen y/o procedencia de la República Federal de Alemania.

Así lo determinó a través de la Resolución Directoral Nº D000003-2025-MIDAGRI-SENASA-DSA, publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Según la Organización Mundial de Sanidad Animal, la fiebre aftosa es una enfermedad vírica grave del rebaño, sumamente contagiosa y de repercusiones económicas considerables. Afecta a los bovinos y porcinos así como a los ovinos, caprinos y otros rumiantes biungulados; y también a otras especies de animales.

En la parte considerativa de la norma se indica que la República Federal de Alemania notificó a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) la presencia de la enfermedad de la fiebre aftosa en su territorio, lo que representa riesgo potencial de ingreso al Perú del virus que causa la mencionada enfermedad en mercancías pecuarias importadas de origen y/o procedencia de la República Federal de Alemania.

En ese sentido, la norma precisa que se suspende por un periodo de 90 días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial El Peruano, la importación de mercancías pecuarias que puedan transmitir o sirvan de vehículo del virus que causa la enfermedad de la fiebre aftosa, de origen y/o procedencia de la República Federal de Alemania.

“Se exceptuarán de la suspensión prescrita las mercancías antes referidas que se encuentren en tránsito con destino a la República del Perú desde antes de la vigencia del presente acto resolutivo, permitiendo que ingresen al país previa inspección sanitaria que realizará el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, pudiendo aplicar las medidas administrativas establecidas en el Decreto Legislativo N° 1387 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2019-MINAGRI”, detalla el Senasa.

También se dispone la cancelación de todos los permisos sanitarios de importación de mercancías pecuarias de origen y/o procedencia de la República Federal de Alemania que puedan transmitir o servir de vehículo del virus que causa la enfermedad de la fiebre aftosa, expedidos antes de la vigencia de la presente Resolución Directoral.

“Se exceptuarán de la cancelación prescrita, conservando su vigencia, los permisos sanitarios que amparen la importación de las mercancías pecuarias de origen y/o procedencia de la República Federal de Alemania que se encuentren en tránsito con destino a la República del Perú desde antes de la entrada en vigencia del presente acto resolutivo, debiendo aplicarse lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo precedente”, precisa.

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria, de acuerdo con la información que reciba de la autoridad oficial sanitaria de República Federal de Alemania, podrá reducir o ampliar el periodo de suspensión para la importación de las mercancías pecuarias referidas en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral.

Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presente acto resolutivo se podrán aprobar y aplicar las medidas sanitarias que sean necesarias.

Finalmente, se dispone la publicación de la presente Resolución Directoral en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (
www.gob.pe/senasa
), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

La norma lleva la rúbrica del Director General Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, Jorge Arturo Pastor Miranda.

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(FIN) MDV / MDV 
JRA


Publicado: 14/1/2025
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