El Poder Ejecutivo oficializó la ley que delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reconstrucción y el cierre de brechas, que lo podrá hacer en el tiempo de 60 días calendario.
La norma refiere que con esta delegación se busca simplificar el ciclo de inversión de los proyectos en el marco del
Plan Integral de Reconstrucción con Cambios (PIRCC), para que el proceso se inicie directamente en el desarrollo de los expedientes técnicos.
Asimismo, permitirá establecer que la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC) asignará la condición de Unidad Formuladora o Ejecutora de inversiones.
De la misma forma, creará, únicamente para las intervenciones en el marco del PIRCC, un proceso especial abreviado de contratación pública que reduzca plazos de adjudicación y de ejecución contractual.
La norma también menciona que podrá ampliar las modalidades de contratación para las intervenciones en el marco del PIRCC, permitiendo que se celebren convenios Estado–Estado, con organismos internacionales (excepto para la ejecución de obra), y de acuerdos de administración de recursos con instituciones del exterior.
De igual modo, podrá autorizar la ejecución descentralizada de las intervenciones; establecer disposiciones especiales del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de los Planes de Monitoreo Arqueológico, del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos, entre otros.
Cierre de brechas
En el caso del cierre de brechas, la norma señala que el Ejecutivo podrá establecer disposiciones especiales para atender a la población damnificada con vivienda colapsada o inhabitable con daño recuperable, con el
Bono Familiar Habitacional (BFH).
También, impulsar el desarrollo de infraestructura del sistema de drenaje pluvial; optimizar el marco institucional y los procesos para la obtención y saneamiento de predios requeridos para la ejecución de proyectos de inversión; y fortalecer la gestión y prestación de los servicios de saneamiento, asegurando su sostenibilidad.
(FIN) JCC/MVF
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Publicado: 24/5/2018