Entre los 23 millones 374,975 peruanos que podrán votar en las Elecciones Regionales y Municipales, a realizarse el domingo 7 de octubre, se encuentran 1 millón 560,075 ciudadanos que por primera vez están habilitados para sufragar, informó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
A diferencia de anteriores procesos electorales, esta vez han sido incorporados al Padrón Electoral todos aquellos que habrán alcanzado la mayoría de edad el día de los comicios, inclusive los 525,790 jóvenes que cumplen 18 años entre el cierre del Padrón, el 22 de octubre de 2017, y el mismo 7 de octubre de 2018.
Votantes más jóvenes
Los peruanos que el 7 de octubre tendrán entre 17 y 19 años de edad suman 1 millón 114,356, de los cuales 548,952 son mujeres y 565,404 son varones. Los menores de edad que podrán sufragar son los que, según el artículo 46 del Código Civil, se consideran “emancipados”; es decir, adolescentes que tienen entre 15 y 17 años y han contraído matrimonio o han obtenido un título oficial que los faculta a ejercer un oficio o profesión. En el actual padrón, hay 20 ciudadanos emancipados: 19 mujeres y un hombre.
DNI azul desde 17 años
El Reniec recordó a los peruanos que han cumplido 17 años que deben obtener el DNI azul, tanto para votar el 7 de octubre (si están en el padrón), como para cumplir con la obligación de inscribirse en una de las Oficinas de Registro Militar de las Fuerzas Armadas.
Si un peruano de 17 años, antes de llegar a la mayoría de edad, no se inscribe en el Registro Militar para obtener una Constancia de Inscripción, es considerado omiso a la inscripción y recibe una multa equivalente al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Cómo obtener DNI a los 17 años
Si el joven de 17 años nunca ha tenido un DNI, debe efectuar el trámite de inscripción. Si ya tiene un DNI amarillo, el trámite de renovación. En cualquier caso, hay que pagar 30 soles y presentar una fotografía tamaño pasaporte, a colores, en fondo blanco, de frente, sin sombras ni anteojos.
Solo en caso de inscripción se requiere exhibir un recibo de servicio público (agua, luz o teléfono) o tributo municipal (con fecha de emisión no mayor de 6 meses) y la partida de nacimiento (excepto cuando esta se encuentra en la base de datos del Reniec). Si no se cuenta con servicios públicos, basta con firmar una declaración jurada.
Si se cursan estudios superiores de nivel técnico o universitario, se puede presentar, además, original y copia simple del carné o la constancia de estudios. Y, si se tiene alguna discapacidad, presentar un documento que certifique dicha condición (certificado de discapacidad o similar, Resolución Ejecutiva del Conadis, certificado o constancia de centro de educación especial).
Antes de la emisión de la Ley N° 30673, podían votar solo quienes ya tenían 18 años el día en que se cerraba el padrón electoral; es decir, no podían ejercer su derecho al voto quienes cumplían 18 años entre esa fecha y el día del sufragio. La cantidad no era muy alta, pues el padrón se cerraba 120 días antes de la votación. En el actual proceso electoral, la cifra es bastante mayor (525,790 personas) porque la misma Ley N° 30673 dispuso que el padrón se cierre 350 días antes de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
(FIN) NDP/LZD