El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso, como medida excepcional, que las labores jurisdiccionales y administrativas se realicen con normalidad el martes 2 de noviembre, día declarado no laborable por el Gobierno Central.
La
Resolución Administrativa 000347-2021-CE-PJ, publicada hoy en el Diario Oficial
El Peruano, señala que el órgano de gobierno judicial habilitó el 2 de noviembre para la realización de audiencias, juicios orales y otras actuaciones judiciales programadas para el mencionado día.
Esta norma precisa también que los jueces, juezas y personal jurisdiccional o administrativo que opten por hacer uso del feriado no laborable deberán presentar su solicitud a la Corte Suprema de la República, Consejo Ejecutivo, Corte Superior de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura o Gerencia General, y efectuar la recuperación de las horas dejadas de trabajar a partir del siguiente día hábil.
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Asimismo, señala que el artículo 122 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que la actividad jurisdiccional comprende todo el año calendario y no puede ser interrumpida por ningún motivo, salvo las excepciones que señala la ley y los reglamentos.
También dispone que la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma) y las oficinas desconcentradas de control de la magistratura (Odecma) supervisen el cumplimiento de la citada medida.
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Publicado: 27/10/2021