La Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de Ositran sostuvo hoy que el regulador verifica que los ajustes tarifarios de los peajes cumplan con los criterios establecidos en los contratos de concesión y con lo previsto en el Reglamento General de Tarifas.
Explicó que las cláusulas tarifarias de los 16 contratos de concesión de carreteras supervisados por el Ositrán contemplan dos tipos de reajuste de los peajes: un reajuste ordinario y otro extraordinario.
Precisó que el reajuste tarifario ordinario anual se da sustentado en la variación del tipo de cambio (TC), el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el Índice de Precios al Consumidor de EE. UU. (CPI).
En tanto, el reajuste extraordinario se permite cuando se produce una variación de más del 10 % sobre la tarifa actual, antes del plazo de un año desde el último reajuste ordinario.
“Estos ajustes se realizan de acuerdo con lo establecido en cada contrato, por lo que el concesionario aplica la fórmula de reajuste e informa al Ositrán antes del cobro”, señaló.
Concesiones
La gerencia en mención detalló que, actualmente, son 12 las concesiones que presentan un reajuste ordinario anual: Autopista del Sol, Red Vial 4, Red Vial 5, Red Vial 6, el tramo 2 de IIRSA Centro, IIRSA Norte y los tramos 3 y 4 de
IIRSA Sur.
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Asimismo, Empalme 1B-Buenos Aires-Canchaque, Ov. Chancay-Dv. Variante Pasamayo-Huaral-Acos, Nuevo Mocupe-Cayaltí-Oyotún y el Tramo Vial Dv. Quilca-Dv. Arequipa (Repartición)-Dv. Matarani-Dv. Moquegua-Dv. Ilo-Tacna-La Concordia.
Precisaron que, en los últimos años, se ha observado incrementos significativos en las tres variables que intervienen en la determinación de las tarifas (TC, IPC y CPI).
“Con ello, al aplicar la fórmula establecida en los Contratos de Concesión, los peajes que entran en vigor el 10 de enero o en otras fechas específicas aumentan en comparación con los valores de años previos”, anotó.
Además, indicó, el cobro de las tarifas de peajes permite que el concesionario cumpla con obligaciones de mantenimiento de la vía, atienda emergencias viales, brinde asistencia vehicular, entre otros servicios, permitiendo la transitabilidad por la vía en condiciones óptimas beneficiando a los usuarios.
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(FIN) NDP/RGP
Publicado: 7/7/2023