El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy el reglamento operativo del Programa de garantías del Gobierno Nacional a las empresas del sistema financiero.
Mediante Resolución Ministerial 178-2020-EF/15, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que el reglamento tiene por objeto regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias necesarias para la implementación de este programa, a efectos de incrementar la capacidad de las empresas del sistema financiero para afrontar escenarios de mayor demanda por liquidez.
Ello a través de un mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional y extranjera colocados por estas empresas.
También lea:
Según la norma, por resolución ministerial del MEF, se aprobó el contrato mediante el cual se formaliza el otorgamiento de la garantía, según se realice mediante fideicomiso o comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza.
La garantía que otorgue el Gobierno Nacional a la cartera de créditos, conformada por créditos de monto individual inferiores a 20,000 soles, se canaliza exclusivamente a través de un fideicomiso.
Las garantías que se emitan son eficaces solo para garantizar el 80% de la cartera de créditos de las empresas del sistema financiero.
Asimismo, el monto máximo de la cartera de créditos que cada empresa puede inscribir en el programa está en función de su patrimonio efectivo al 29 de febrero de este año, ajustado de acuerdo con su clasificación de riesgo, o la suma de 600 millones de soles, el que resulte menor.
El límite es del 100% del patrimonio efectivo para las empresas con clasificación de riesgo por lo menos de B, emitida por una empresa clasificadora de riesgo; 80 % del patrimonio efectivo para aquellas clasificadas entre B- y C-; y del 60 % del patrimonio efectivo para las empresas clasificadas en categorías de riesgo por debajo de C-.
Más en Andina:
(FIN) VLA/JJN
Publicado: 24/6/2020