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Indecopi realizará control previo de fusiones tras aprobación de “Ley Antimonopolio”

Se fortalecerá la libre competencia en el mercado en beneficio de los consumidores.

ANDINA/Difusión

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20:33 | Lima, dic. 30.

El Indecopi indicó hoy que podrá evaluar y aprobar las fusiones empresariales que se produzcan en cualquiera de los sectores económicos del país, para prevenir afectaciones a la libre competencia, con el consecuente beneficio para los consumidores.

Así lo señaló, tras la aprobación hoy en el Congreso de la República de la “Ley Antimonopolio.”

Como se sabe, el Indecopi únicamente tenía facultades para evaluar fusiones en el mercado eléctrico.

En ese sentido, con la aprobación de la ‘Ley que establece el Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial’, la institución amplía sus facultades a todos los sectores.

Al respecto, la presidenta del Consejo Directivo del Indecopi, Hania Pérez de Cuéllar, saludó la aprobación de la Ley pues permitirá preservar las condiciones de competencia en los mercados en beneficio de la ciudadanía, pues fomenta la libre competencia en el mercado, la misma que se reflejará en menores precios, así como mejor calidad y mayor variedad de productos.

“El Indecopi es consciente de la importancia de esta norma como una herramienta indispensable para la protección de la competencia y los consumidores”, subrayó. 

“Por más de 15 años, la institución ha venido solicitando e impulsando la aprobación de una norma de tales características”, agregó.

Refirió que varios países vecinos como Colombia, Chile, Brasil, Ecuador, entre otros, cuentan con esta facultad.

Entre los años 2016 y 2019 se presentaron una serie de iniciativas legislativas en el Congreso de la República para implementar un control previo de concentraciones, de las cuales el Indecopi tuvo participación, remitiendo su opinión de cada proyecto de ley, enfatizando la importancia de un adecuado diseño del control previo siguiendo los estándares internacionales, a fin de que sea una herramienta que contribuya con mejorar las condiciones de competencia en los mercados.

“La Ley Antimonopolio representa una lucha de más de 15 años del Indecopi contra paradigmas que ya no se aplican ni en las sociedades de libre mercado más ortodoxas”, dijo Pérez de Cuéllar. 

“El Perú era uno de los pocos países de la región y del mundo que no contaba con un marco legal que vigilara las fusiones empresariales que puedan representar una amenaza frente a los ciudadanos, a través de prácticas monopólicas y posiciones de dominio que distorsionen la propia naturaleza del libre mercado”, agregó.


Trabajo coordinado


Destacó que la aprobación de esta ley es una muestra de lo que se puede lograr con un trabajo coordinado entre el Congreso y el Ejecutivo. 

Por ello, la presienta del Indecopi agradeció a los funcionarios del Poder Legislativo, a la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez; la congresista Zenaida Solís del Partido Morado, que hizo suyo este proyecto y a los 91 congresistas que han votado a favor.

Por el lado del Ejecutivo, agradeció el apoyo del presidente Francisco Sagasti, de la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez; del Ministro de Economía, Waldo Mendoza; y de la Superintendenta de Banca y Seguros, Socorro Heysen, además de todo el equipo técnico de alto nivel de Indecopi.

La Ley Antimonopolio entraría en vigor a los 45 días después de su publicación. “Haciendo un cálculo rápido, de publicarse la norma en los primeros días de enero, entraría en vigor aproximadamente entre el 15 y 22 de febrero del 2021.


El rol del Indecopi 


Como siguiente paso corresponde al Indecopi elaborar una propuesta de Reglamento para que sea aprobada por la PCM y realizar las modificaciones que sean necesarias al reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Indecopi y otros instrumentos de gestión de la institución.

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi únicamente evaluará las operaciones de concentración que superen los umbrales de ventas y activos previstos en la norma:

- Umbral conjunto: 118,000 UIT (equivalente a 150 millones de dólares).
- Umbral individual: Por lo menos 18,000 UIT (equivalente a 23 millones de dólares).

La norma señala además que, en base a la evaluación que se realice, la CLC podrá tomar tres decisiones:

a) Aprobar la fusión empresarial sin condiciones.
b) Aprobar la fusión empresarial con condiciones.
c) Denegar la fusión de las empresas.

En cuanto al proceso de evaluación previo, si se determina que la operación de concentración no plantea un alto riesgo contra la libre competencia, el procedimiento concluye en primera fase, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles. 

De lo contrario, se da inicio a la segunda fase, que tiene un plazo máximo de noventa (90) días hábiles, prorrogables por treinta (30) días hábiles adicionales.

Es importante destacar, además, que la norma contempla la posibilidad de que los agentes económicos realicen consultas de carácter orientativo a la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia del Indecopi, con la finalidad de determinar si la operación estaría sujeta a los términos de la ley.

Con la aprobación de la ‘Ley que establece el Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial’ el Indecopi ratifica su compromiso con la defensa de la libre competencia en el país, en beneficio de los consumidores.

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(FIN) NDP / MDV 


Publicado: 30/12/2020