Los afiliados a las AFP cuyo número de DNI termina en 9 pueden solicitar hoy el retiro facultativo de hasta 17,600 soles o cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de sus cuentas individuales de pensiones en el sistema privado, según lo dispuesto por la Ley 31192.
El horario establecido para enviar este documento es de lunes a viernes desde las 8:00 hasta las 18:00 horas.
Como ya ha sucedido en retiros anteriores de las AFP, en esta oportunidad también se ha establecido un cronograma de fechas, en las que los afiliados podrán presentar su solicitud, de acuerdo al último número o letra del documento de identidad.
¿Quiénes aplican?
Todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, salvo aquellos que califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
De acuerdo con la Resolución SBS 1484-2021 de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), el trámite será gratuito y virtual a través de la plataforma
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Asimismo, se indica que el afiliado dispone de 90 días calendario para presentar la solicitud de retiro por única vez, desde el inicio de las solicitudes. Es decir, hasta el 24 de agosto.
Los afiliados a las AFP que tengan su DNI vencido también pueden realizar su solicitud sin ningún tipo de inconveniente.
Las AFP determinarán los protocolos de verificación y contacto que permitirán identificar al titular solicitante que se encuentre en el extranjero o esté físicamente imposibilitado, a fin de que ingrese su solicitud.
Plazos de pago
El procedimiento operativo aprobado por la SBS para este caso especifica que los retiros se harán efectivos en tres armadas, a partir de las siguientes fechas tentativas.
• 1.° retiro (hasta 1 UIT): hasta 30 días calendario luego de la solicitud.
• 2.° retiro (hasta 1 UIT): hasta 30 días calendario luego del primer retiro.
• 3.° retiro (hasta 2 UIT): hasta 30 días calendario luego del segundo retiro.
¿Qué debo hacer si presenté mi solicitud, pero finalmente ya no quiero retirar este dinero?
De presentarse esta situación el afiliado deberá comunicarlo a su AFP hasta 10 días calendario antes de efectuarse cualquiera de los tres desembolsos.
Para ello deberá presentar una solicitud a través de los canales y formatos establecidos por la AFP, y esperar la respuesta a lo solicitado a través de un medio que permita guardar constancia de ello.
Deudas alimentarias
El retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo del 30 % de lo retirado.
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(FIN) CNA/JJN
GRM