El Ministerio de Energía y Minas (Minem) publicó el proyecto de Decreto Supremo (DS) que establece disposiciones reglamentarias para el Registro Especial de Comercializadores y Procesadores de Oro (Recpo), como el ingreso y permanencia en este registro, y su exposición de motivos.
Así lo precisa la
Resolución Ministerial 190-2021-Minem-DM, publicada esta semana en la separata de Normas Legales del Diario Oficial
El Peruano. La norma agrega que los interesados disponen de un plazo de 30 días hábiles para remitir sus aportes y sugerencias.
Los interesados deberán enviar sus opiniones y sugerencias sobre este proyecto de decreto supremo a la Dirección General de Formalización Minera (DGFM), ubicada en avenida de Las Artes Sur 260, San Borja, Lima, o por correo electrónico a DGFM_prepublicacion@minem.gob.pe.
El Minem explicó que el Recpo, creado mediante la
Resolución Ministerial 249-2012-MEM/DM, es la principal fuente oficial para
identificar a los agentes formales que se dedican a la compra, venta y/o refinación de oro, conforme lo dispuesto por la normatividad vigente.
La Dirección General de Formalización Minera (DGFM) del Minem destacó que la propuesta publicada representa un avance importante con el objetivo de mejorar la confianza, predictibilidad y trazabilidad en la
cadena de valor del oro extraído por la
minería en pequeña escala en el país.
La propuesta normativa establece normas y procedimientos para el acceso y control del mencionado registro, que a junio del 2021 cuenta con 8,790 inscripciones.
Además, propone un sistema para registrar las transacciones donde el comprador (planta y/o comercializador) debe reportar sus operaciones de compraventa de oro, entre otros.
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(FIN) NDP/MAO
GRM
Publicado: 2/7/2021