En los últimos años más ciudadanos adquieren drones para capturar fotos y videos. Por esta razón, desde el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Dirección de Aeronáutica Civil (DGAC), le informamos sobre los tres requisitos para operarlos en Perú, según la Norma Técnica Complementaria (NTC 001-2015).
Requisitos
1.
Inscripción: solicite una tarjeta de registro en la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones del MTC, presentando el Apéndice A con la información técnica del dron y tus datos. La DGAC resolverá la solicitud en un máximo de 30 días hábiles. Este trámite se realiza de manera virtual en la
mesa de partes virtual o en los Centros de Atención al Ciudadano regionales.
2. Acreditación: la DGAC lo autorizará como operador de dron, tras ser capacitado y certificado por un Centro de Instrucción de Aeronáutica Civil acreditado. Además, se debe aprobar una evaluación teórica/práctica realizada por la Coordinación Técnica de Licencias Aeronáuticas del MTC.
3. Permiso para sobrevuelo: Se puede operar en zonas rurales siguiendo las limitaciones de operación de la NTC 001-2015. Para operar en áreas urbanas, se solicita un permiso a la DGAC, cumpliendo los requisitos de la norma antes mencionada.
Los formatos de declaraciones juradas y solicitudes se encuentran en el siguiente
enlace
Todos los trámites necesarios para estos permisos son gratuitos.
Es importante señalar que operar un dron sin registro, o sin ser piloto acreditado, en áreas urbanas o cerca de aeródromos o aeropuertos, infringe la ley. La autoridad local puede solicitar acreditación, registro y autorización, y la falta de estos documentos puede originar la incautación de la aeronave por la PNP.
Para cualquier consulta adicional, no dude en comunicarse con la Coordinación Técnica de Autorizaciones al (01) 615-7800, anexos 1523 y 1156, o al correo electrónico: rpas-dgac@mtc.gob.pe, en horario de oficina.
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Publicado: 26/11/2023