El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) dispuso diversas medidas para evitar que los programas sociales de ese sector sean utilizados con fines electorales en los comicios municipales y regionales de este año.
El Midis a través de una directiva publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano precisó que los funcionarios de su portafolio están impedidos de realizar actos de proselitismo bajo sanciones contempladas en la Ley del Servir.
Esta norma tiene como objetivo, durante los procesos electorales, garantizar la conducta transparente y neutral de los servidores civiles del Midis y sus programas sociales, con la finalidad de evitar que los recursos públicos sean utilizados a favor o en contra de los candidatos u organizaciones políticas.
Asimismo, se emite las disposiciones para la atención de las denuncias que se presenten contra los servidores civiles del Midis, por infracciones a los deberes de neutralidad y transparencia durante los procesos electorales, estableciendo, en cada caso, la autoridad competente del procedimiento disciplinario en los casos de incumplimiento de dicha norma.
Durante el desarrollo de los procesos electorales, los servidores civiles del Midis y sus programas sociales, sin excepción, se encuentran prohibido de realizar proselitismo político o cualquier otra actividad política partidaria o electoral durante su horario de trabajo, mientras permanezcan en los locales institucionales, así como durante las comisiones de servicio.
Asimismo, durante el horario de trabajo, no podrán asistir a ningún comité u organización política, ni realizar propaganda de cualquier naturaleza, a favor o en contra de alguna organización política o candidato.
De igual forma, están prohibidos de usar y/o facilitar los locales, oficinas y cualquier estructura del Midis y sus programas sociales adscritos para realizar actos o reuniones políticas, a favor o en contra de las organizaciones políticas, sus autoridades partidarias o sus candidatos.
La directiva contempla que tampoco podrán usar los recursos del Midis y sus programas sociales, independientemente de la fuente de financiamiento de donde provengan, a favor o en contra de las organizaciones políticas o candidatos, entre otras prohibiciones.
En ese sentido, la norma indica que la transgresión de las disposiciones establecidas en la presente directiva se considera una infracción, y estará sujeto de acuerdo a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, con las responsabilidades civiles o penales a que hubiera lugar.
Finalmente, las organizaciones políticas, candidatos, directivos, servidores civiles, administrados o los ciudadanos en general pueden presentar denuncias contra los servidores civiles del Midis y programas sociales que contravengan presente Directiva, así como las demás disposiciones administrativas de la materia.
(FIN) NDP/SMA
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Publicado: 7/1/2018