La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó el reglamento de expedición y cancelación de títulos de jueces, juezas y fiscales en conformidad a lo dispuesto en su ley orgánica y a la Constitución Política del Perú.
De acuerdo con la
resolución Nº 034-2020-JNJ, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, es necesario un instrumento normativo que regule la expedición y cancelación de títulos por la JNJ, tanto a magistrados del Poder Judicial como del Ministerio Público, contribuyendo así a mantener un efectivo control de los mismos.
Se precisa que corresponde al Área de Registro de Información Funcional llevar, bajo responsabilidad, el Registro de Expedición y Cancelación de Títulos, debiendo mantenerlo ordenado, sistematizado y actualizado; encontrándose también a cargo del control estadístico del mismo.
Asimismo se indica que el registro debe consignar el motivo de la expedición o cancelación, manteniendo numeración secuencial. Los títulos expedidos son anotados antes de su entrega.
En el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, también se publicó hoy la
resolución 020-2020-P-JNJ que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Junta Nacional de Justicia
Las dos resoluciones son refrendadas por el presidente de la JNJ, Aldo Vásquez Ríos.
(FIN) RMCH
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Publicado: 11/3/2020