Andina

Declaran estado de emergencia en distritos de región San Martín afectados por lluvias

Durante un plazo de 60 días calendario

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en los distritos de Shamboyacu y Tingo de Ponasa de la provincia de Picota del departamento de San Martín, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. ANDINA/Archivo

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en los distritos de Shamboyacu y Tingo de Ponasa de la provincia de Picota del departamento de San Martín, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. ANDINA/Archivo

08:54 | Lima, jun. 25.

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en los distritos de Shamboyacu y Tingo de Ponasa de la provincia de Picota del departamento de San Martín, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Así lo establece el Decreto Supremo N° 073-2022-PCM, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que precisa que esta medida se aplica por el plazo de 60 días calendario.

Acciones a ejecutar

La norma señala que el Gobierno Regional de San Martín y los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y demás instituciones públicas y privadas involucradas ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas. 

Estas acciones cuentan con la participación de los Ministerios de Salud; de Educación; de Desarrollo Agrario y Riego; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; del Interior; de Defensa; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y de Desarrollo e Inclusión Social.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Financiamiento

La implementación de las acciones previstas en este decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente, puntualiza la norma.

(FIN) LZD/

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Publicado: 25/6/2022
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