Se oficializó la norma que modifica la Ley 27037, Ley de promoción de la inversión en la Amazonía, a fin de incluir en el beneficio de exoneración del IGV a empresas que presten servicios de distribución y comercialización de energía eléctrica en diversas regiones.
Se exonera de cumplir las obligaciones establecidas en el reglamento de la
Ley 27037 para obtener este beneficio a las empresas que presten dichos servicios en el departamento de
Madre de Dios y en diversos distritos de
Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, Huancavelica, La Libertad y Piura.
Para ello, se incorpora el párrafo 13.3 a la citada norma, en donde se detallan las localidades en las que se ubican las empresas para las que regirá la exoneración del IGV.
Asimismo, como disposición complementaria final se precisa que el
Poder Ejecutivo adecuará, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, el
Reglamento de la Ley 27037 a esta modificación.
La Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía tiene por objeto promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo las condiciones para la inversión pública y la promoción de la inversión privada.
(FIN) MCA/JCC
GRM
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Publicado: 18/6/2024