Los movimientos regionales que aspiran a participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 podrán inscribirse en 15 oficinas desconcentradas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para evitar el traslado de sus integrantes y reducir los riesgos de contagio por la covid-19.
Con ese propósito, la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) del JNE delegó funciones registrales en las oficinas desconcentradas, mediante la Resolución N°168-2021-DNROP/JNE, y en concordancia el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y del Reglamento del ROP.
De acuerdo a la resolución, los movimientos regionales de Amazonas y San Martín pueden presentar su solicitud de inscripción en la oficina desconcentrada de Amazonas; los de Cusco y Apurímac en la de Cusco; los de Huánuco y Pasco en la de Huánuco; los de Junín y Huancavelica en la de Junín; los de Tumbes y Piura en la de Piura; y los de Arequipa, Moquegua y Tacna en la de Arequipa.
En tanto, las oficinas desconcentradas de Áncash, Ayacucho, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Puno y Ucayali atenderán las solicitudes de movimientos de estas mismas regiones del país; mientras las que correspondan a Lima, Callao e Ica son atendidas directamente por la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas.
Los registradores delegados pueden recibir, calificar, denegar e inscribir las solicitudes de dichas organizaciones políticas, aceptar o rechazar los pedidos de desistimiento de inscripción y resolver las tachas interpuestas en los procedimientos de inscripción bajo su competencia.
La abogada Ruby Castro, de la DNROP, informó en el programa “JNE Noticias” que el trámite de inscripción es presencial; sin embargo, dijo que las oficinas desconcentradas pueden usar mecanismos virtuales para las notificaciones de los documentos a fin de evitar mayores contactos que puedan exponer a los miembros de estas agrupaciones.
Requisitos y pasos previos
Entre los requisitos para lograr el registro, recordó, se encuentra la presentación del acta de fundación del movimiento regional, la declaración jurada de los fundadores, los libros de actas de comités, el padrón de afiliados, entre otros documentos.
Previo a las gestiones señaladas, el movimiento regional debe contar con certificado de reserva de denominación vigente, el cual se tramita ante la oficina de Servicios al Ciudadano del JNE, mediante la Mesa de Partes Virtual o en forma presencial. Dicho documento contiene el nombre y código de la agrupación y va acompañado del formato de ficha de afiliación.
El plazo para que una organización política haya logrado su inscripción ante el ROP, con el fin de participar en las elecciones municipales y regionales 2022, vence el 5 de enero del próximo año, es decir, en la fecha límite para que el Poder Ejecutivo convoque a este proceso de acuerdo a la Ley de Elecciones Municipales y la Ley de Elecciones Regionales.
(FIN) FHG/CVC
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