Andina

Prorrogan estado de emergencia en distritos de Amazonas y Cusco afectados por lluvias

Se prorrogó el estado de emergencia en el distrito de Echarati, en Cusco, uno de los distritos más afectados por las lluvias intensas. ANDINA/Percy Hurtado Santillán

Se prorrogó el estado de emergencia en el distrito de Echarati, en Cusco, uno de los distritos más afectados por las lluvias intensas. ANDINA/Percy Hurtado Santillán

08:14 | Lima, jun. 17.

El Gobierno prorrogó hoy la declaratoria del estado de emergencia en tres distritos ubicados en las regiones de Amazonas y Cusco afectados por eventos naturales causados por lluvias intensas.

El primer Decreto Supremo, N° 119-2021-PCM, prorroga el estado de emergencia en el distrito de Nieva, ubicado en la provincia de Condorcanqui, en Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales.


La norma, publicada hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, precisa que la medida estará vigente por 60 días calendario contados a partir del sábado 19 de junio. La medida permitirá continuar  con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan.

Agrega que el Gobierno Regional de Amazonas y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y
seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Interior, y Defensa, además de otras instituciones públicas y privadas
involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias y de rehabilitación.

En los considerandos del Decreto Supremo se precisa que la prórroga del estado de emergencia en el distrito de Nieva se decide a solicitud del Gobierno Regional de Amazonas a causa de los daños provocados por las lluvias intensas.

Agrega que el informe técnico elaborado por Indeci precisa que se han identificado acciones pendientes de culminar principalmente en lo correspondiente a la implementación de soluciones temporales de abastecimiento de agua apta para el consumo humano, a la limpieza y la descolmatación de cauces de ríos.


Refiere, además, que la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Amazonas continúa sobrepasada; por lo que, se hace necesario continuar con la intervención técnica y operativa de las entidades del Gobierno Nacional.

El segundo Decreto Supremo, N° 120-2021-PCM, prorroga el estado de emergencia en los distritos de Santa Ana y Echarati, ubicados en la provincia de La Convención, región Cusco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales.

La medida entra en vigor este sábado 19 de junio y estará vigente por 60 días calendario y durante ese periodo se podrá ejecutar medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan.


La norma indica que el Gobierno Regional de Cusco y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Indeci y la participación de los ministerios de Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Interior, y de Defensa; además de instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación
que correspondan.

En los considerados de este Decreto Supremo se precisa que la medida se adopta a solicitud del gobernador regional de Cusco, Jean Paul Benavente, en los citados distritos afectados por lluvias intensas.

Indica, además, que el informe técnico del Indeci que precisa que se ha identificado acciones pendientes de culminar
principalmente en lo correspondiente a la implementación de soluciones habitacionales, a la atención con módulos
prefabricados de aulas, a la limpieza y la descolmatación de cauces de ríos y quebradas.

El documento agrega que la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Cusco continúa sobrepasada; por lo que,
se hace necesario continuar con la intervención técnica y operativa de las entidades del Gobierno Nacional.

Por último, la norma señala que las acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.


Por último, afirma que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

Ambas normas llevan la firma del presidente de la República, Francisco Sagasti; y son refrendadas por la presidenta del Consejo de Ministros,  Violeta Bermúdez; y por los ministros de Educación, Ricardo Cuenca; Desarrollo Agrario y Riego, Federico Tenorio; Vivienda, Construcción y Saneamiento, Solangel Fernández; Transportes y Comunicaciones, Eduardo González; Interior, José Elice; y de Defensa, Nuria Esparch.

Más en Andina:

(FIN) MAO

Publicado: 17/6/2021