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Elecciones 2020: hasta un año de cárcel por selfis con cédula de votación

Foto: ANDINA/Melina Mejía.

Foto: ANDINA/Melina Mejía.

12:03 | Lima, ene. 26.

Hasta un año de cárcel recibirían los electores que se tomen selfis mostrando por quién votaron en las cédulas de sufragio y las publiquen en sus redes sociales, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Yéssica Clavijo, directora de Fiscalización y Procesos Electorales de la JNE, explicó a la Agencia Andina que dicha sanción se encuentra contemplada en el artículo 358 del Código Penal.

"Allí se determina que el elector que da a publicidad el sentido de su voto en el acto electoral será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año", precisó.

Según el Código Penal, quien incurra en ese acto durante la votación también sería sujeto de prestación de servicio comunitario de 20 a 30 jornadas.

"Antes había candidatos que votaban y mostraban a la prensa la cédula con su voto, eso está prohibido, ya no lo hacen. Es importante recordar las prohibiciones a la población en el caso de los selfis", añadió Clavijo.


Otras prohibiciones


Desde el último lunes está prohibida la difusión de encuestas sobre intención de voto. Según la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), los medios y encuestadoras que incurran en ello serán sancionados con 10 a 100 unidades impositivas tributarias (UIT); es decir, de 43,000 a 430,000 soles, respectivamente.

Hasta el jueves a las 23:59 horas se pueden realizar mitines de cierre de campaña y a una distancia de un kilómetro entre las concentraciones de las organizaciones políticas. La multa por incumplimiento va de 30 a 100 UIT (de 129,000 soles a 430,000 soles).

De igual forma, configura un delito electoral que puede derivar en una pena no menor de tres meses ni mayor de dos años

La propaganda electoral solo se puede realizar hasta el viernes. De lo contrario, el infractor recibe una sanción de 30 a 100 UIT y una pena privativa de la libertad no menor de dos años.


Ley seca


Desde las 08:00 horas del sábado 25 rige la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas, la cual se extiende hasta las 08:00 horas del lunes 27.

El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa de 2,790 soles y pena accesoria de inhabilitación. 

El domingo 26 de enero, día del sufragio, entre las 08:00 y 16:00 horas no estarán permitidos los espectáculos populares ni las funciones en cines y teatros ni reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.  

Los electores pueden ingresar a la página web Voto Informado del JNE, a fin de revisar las hojas de vida de los candidatos de su circunscripción y decidir de la mejor manera.


(FIN) VVS/CVC
GRM

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Publicado: 26/1/2020