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¡Cuidado! Personas con coronavirus que no acaten medidas incurren en responsabilidad penal

“Los derechos fundamentales no son absolutos”, afirman PJ, Fiscalía, TC y Defensoría del Pueblo

ANDINA/Renato Pajuelo

ANDINA/Renato Pajuelo

19:32 | Lima, mar. 13.

Las personas diagnosticadas con coronavirus que no acaten las disposiciones para evitar la propagación de la enfermedad pueden incurrir en responsabilidad penal, advirtieron hoy autoridades del Poder Judicial (PJ), la Fiscalía de la Nación (FN), el Tribunal Constitucional (TC) y la Defensoría del Pueblo (DP).

En un comunicado conjunto, los titulares de estas instituciones explicaron que “no existe sustento legal que ampare la negativa a someterse a exámenes de descarte del virus”.

“La Ley General de Salud reconoce excepcionalmente que una persona puede ser sometida a un procedimiento o tratamiento médico contra su voluntad si hay riesgo para la salud de terceros o grave riesgo para la salud pública”, precisa el documento, firmado por José Luis Lecaros, presidente del PJ; Marianella Ledesma, presidenta del TC; Zoraida Ávalos, titular de la FN, y Walter Gutiérrez, defensor del Pueblo.


Interés público

El pronunciamiento, emitido esta tarde, constituye una respuesta a situaciones registradas en los últimos días, como la negativa de un sospechoso de someterse a exámenes de descarte en Lambayeque y la especulación ante la gran demanda de productos como el alcohol, líquido y en gel.

“Todas las peruanas y peruanos tienen el deber de colaborar con las autoridades en la tarea de salvaguardar la salud pública del país, por lo que deben cumplir de forma estricta las medidas dictadas para tal fin”, refiere el comunicado conjunto.

“Debe tenerse presente que las autoridades, en preservación del interés público, pueden prohibir o limitar actividades expresando siempre la necesidad y razón de sus decisiones”.




Posibilidad de restricción

Los derechos fundamentales no son absolutos –añade el comunicado–, pues admiten en su ejercicio la posibilidad de ser restringidos cuando aparecen hechos que, bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad, así lo justifican. Por ello, si bien la Constitución garantiza la libertad de tránsito, es posible limitarla para proteger otros bienes de igual importancia, como la salud.

El miércoles 11, el Gobierno dispuso el aislamiento domiciliario por 14 días para toda persona que llegara al país procedente de España, Francia, Italia y China. Y al día siguiente anunció la suspensión de vuelos procedentes de Europa y Asia.

“Finalmente, debe tenerse presente que el Estado puede limitar también las libertades económicas previstas en la Constitución, (así) como la libertad de prensa, contratación, entre otras que sean necesarias para atender la emergencia que viene atravesando el país”, concluye el texto.




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(FIN) NDP/CCH


Publicado: 13/3/2020