El Congreso de la República emitió la Ley que crea el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas (Mypes) Acreedoras del Estado.
Mediante Ley 31677, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se busca tener información actualizada, ordenada y pública de las deudas vigentes y contingentes que mantienen las entidades del Estado con las mypes.
Los alcances de la presente ley son aplicables a las mypes, de acuerdo a la definición y características que señala la legislación vigente.
La norma indica que se encarga al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la creación, mantenimiento y actualización del Registro Nacional de las Mypes Acreedoras del Estado.
Dicho registro asienta la inscripción de los acreedores y las deudas que tiene el Estado con las mypes, por lo cual debe contener como mínimo la siguiente información:
- Nombres o razón social.
- Número de RUC.
- Domicilio fiscal.
- Monto y resumen del origen de la deuda, observación hecha por la entidad y la situación en la que se encuentra, ya sea en sede administrativa, arbitral y/o judicial.
La difusión virtual, pública y actualizada del Registro Nacional de las Mypes Acreedoras del Estado estará a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, y el acceso será gratuito.
Las disposiciones de la presente norma se financian con los recursos propios del Ministerio de Economía y Finanzas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
El Poder Ejecutivo debe reglamentar la Ley que crea el Registro Nacional de las Mypes Acreedoras del Estado, dentro de los 30 días hábiles de haber sido publicada.
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(FIN) CNA