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Osiptel sanciona a Telefónica del Perú con S/ 201,450

Por no otorgar código de identificación a reporte de clientes sobre calidad del servicio

ANDINA/Oscar Farje

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10:02 | Lima, set. 4.

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) multó con 201,450 soles a Telefónica del Perú, por no otorgar un código de identificación al reporte de sus clientes sobre la calidad del servicio, en diversas regiones del país.

En una separata especial publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se da cuenta de la Resolución de la gerencia general de Osiptel, en materia de Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS), contra Telefónica Móviles S.A. (hoy Telefónica del Perú S.A.A.), con un sanción de 51 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

En la parte considerativa de la resolución se detalla el incumplimiento de las medidas correctivas por parte de la referida empresa de telecomunicaciones.

La Gerencia de Fiscalización y Supervisión del Osiptel (GFS) realizó un total de 102 acciones de supervisión "encubierta" a fin de verificar si la empresa operadora cumplió con las medidas correctivas, de las cuales se concluyó que en 22 casos incumplió.

Estos casos se dieron en San Martín, Madre de Dios, Lambayeque, Huancavelica, Puno, Loreto, Ancash, Junín, Tumbes, Huánuco, Cajamarca, Ucayali, Apurímac, Arequipa, y Lima; las mismas que datan de los años 2013, 2014 y 2015.

Asimismo, la resolución de la Gerencia General de Osiptel  00406-2016 establece en su artículo cuarto que si la multa se cancela íntegramente dentro del plazo de (15 días) computados a partir del día siguiente de notificada la sanción, obtendrá el beneficio de pago reducido del (35%) de su monto total.

Este descuento procederá siempre que la resolución no sea impugnada, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18º del actual Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Resolución Nº 087-2013-CD/OSIPTEL. 

La resolución lleva la rúbrica de la gerente general de Osiptel, Ana María Granda Becerra.

(FIN) MDV / MDV
JRA

Publicado: 4/9/2016