Los gobiernos regionales, la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (MEM) y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, tienen hasta el 15 de octubre para reportar las actividades de fiscalización ambiental a la pequeña minería y minería artesanal ante la OEFA.
Según lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 022-2014-OEFA/CD, dicha información debe remitirse al OEFA dentro de los 10 días hábiles del mes de octubre, como una de las medidas que realiza dicho organismo en el marco de su rol supervisor de las entidades de fiscalización ambiental (EFA).
El OEFA, como ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se encarga de hacer el seguimiento de las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA y tiene la facultad de dictar las directivas, procedimientos o lineamientos, los cuales son de obligatorio cumplimiento.
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